Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2011 (14/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 14 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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dentro del periodo junio ­ agosto del 2011, asi como otras restricciones que puedan producirse en el MORDAZA mientras culminan las gestiones para implementar el requerimiento hecho a ELECTROPERU S.A. referido en el considerando que antecede, manifestando que resulta tecnicamente factible la importacion de hasta 55 MW del Ecuador, lo cual constituye una medida adicional para mitigar las interrupciones del suministro en el MORDAZA norte del SEIN; Que, desde el ano 2002 el MORDAZA se encuentra interconectado con el sistema electrico ecuatoriano mediante la linea Zorritos ­ Machala, destinada al intercambio de electricidad entre ambos sistemas; Que, atendiendo al caracter de utilidad publica que el articulo 2° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas otorga al Servicio Publico de Electricidad, es deber del Estado priorizar la provision oportuna y eficiente del suministro electrico para los Usuarios Regulados, toda vez que, segun lo establecido en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica, es de interes publico y responsabilidad del Estado asegurar para dichos Usuarios el abastecimiento del suministro electrico, asegurando la suficiencia de generacion que reduzca la exposicion del sistema electrico peruano a la volatilidad de precios y a los riesgos de racionamiento prolongado por falta de energia, procurando al consumidor final una tarifa electrica mas competitiva; Que, el Ministerio de Energia y Minas, como entidad sectorial competente en el Estado para proponer una politica energetica adecuada a las necesidades de una sociedad en crecimiento economico, atendiendo a que la puesta en operacion comercial de nuevos proyectos de generacion electrica de diversas MORDAZA, tanto hidroelectricas, como termicas, no se concretarian en periodos de corto plazo, considera primordial evitar cualquier eventualidad que reduzca los actuales niveles de abastecimiento electrico en la MORDAZA norte del SEIN; Que, estando declarada la Situacion de Restriccion Temporal de Generacion en la MORDAZA norte del SIEN mediante la Resolucion Ministerial Nº 198-2011-MEM/ DM, corresponde autorizar a ENOSA un tratamiento excepcional para las adquisiciones de bienes y servicios que MORDAZA necesarios para atender tal Situacion de Restriccion Temporal de Generacion de hasta por 55 MW mediante la importacion de electricidad desde la Republica del Ecuador mientras la Central Termica de Malacas se encuentre indisponible por mantenimiento y se implemente el requerimiento efectuado a ELECTROPERU S.A., no siendo de aplicacion el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado, segun lo previsto en los literales n) y s) del numeral 3.3 de su articulo 3°, por cuanto se trata de operaciones destinadas a abastecer al Servicio Publico de Electricidad, y que la produccion energetica a adquirir sera generada en territorio ecuatoriano; ademas que en coyunturas como la actual pueden presentarse contingencias que limiten la capacidad del MORDAZA para asegurar la cobertura de la demanda electrica en dicha area geografica, situaciones que facultan a ENOSA a efectuar estas adquisiciones de electricidad producida fuera del pais; En ejercicio de la facultad contenida en el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 037-2008, los literales n) y s) del numeral 3.3 del articulo 3° del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado; y, de conformidad con lo establecido en el literal b) del articulo 6° del Decreto Ley N° 25962, Ley Organica del Sector Energia y Minas; y el literal h) del articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; Con las opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice ­ Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Requerir a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronoroeste S.A. (ENOSA), para que, al MORDAZA de lo dispuesto en los literales n) y s) del numeral 3.3. del articulo 3° del Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado; y, el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 037-2008,

efectue las adquisiciones de bienes y servicios destinadas a importar electricidad desde la Republica del Ecuador hasta por 55 MW con la finalidad de abastecer a la MORDAZA norte del Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN), operaciones que tendran el caracter de contratos internacionales. Dicha importacion de electricidad sera efectuada durante el periodo en que la Central Termica de Malacas se encuentre indisponible por mantenimiento y en las ocasiones que el Sistema lo requiera, hasta que se implemente todo el requerimiento a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 198-2011-MEM/DM. Articulo 2°.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 652715-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban Directiva General "Procedimientos de la Cooperacion Tecnica Internacional en el MTPE"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-2011-TR MORDAZA, 13 de junio de 2011 VISTOS: El Oficio Nº 452-2011-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales; el Oficio Nº 517-2011-MTPE/4/9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y el Informe Nº 067-2011MTPE/4/9.3 de la Oficina de Organizacion y Modernizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 719, se dicta la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional, la misma que prescribe entre otros, que la presente Ley establece las normas generales a que se sujeta la cooperacion tecnica internacional que se gestiona a traves de los organismos del Estado y que proviene de MORDAZA del exterior de caracter publico y/o privado y que los Organos responsables de la Cooperacion Internacional son, entre otros, los Ministerios y Organismos Publicos Descentralizados de nivel central que identifican, programan, ejecutan, supervisan y evaluan los proyectos con apoyo de Cooperacion Tecnica Internacional que corresponde a su ambito; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el cual establece dentro su estructura organica a la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales, como organo de asesoramiento responsable de conducir los procesos de negociaciones internacionales laborales y los de cooperacion internacional reembolsable y no reembolsable, identifica, promueve, propone, programa, gestiona y evalua las actividades en materia de cooperacion internacional de conformidad con las normas vigentes, y tiene como funciones especificas, entre otros, en formular, gestionar y realizar el seguimiento y evaluacion de los proyectos y otras actividades relacionadas con la cooperacion tecnica, en el MORDAZA de las necesidades y prioridades de los sectores Trabajo y Promocion del Empleo, y en coordinacion con los organos del Ministerio;

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