Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2011 (14/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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CONSIDERADO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 14 de junio de 2011

Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 652756-3

Que, los articulos 13 y 16 de la Constitucion Politica del Peru establecen que la educacion tiene como finalidad el desarrollo integral de la persona humana y que es deber del Estado asegurar que nadie se vea impedido de recibir educacion adecuada por razon de su situacion economica o de limitaciones mentales o fisicas; precisando ademas en su articulo 17, que el Estado garantiza la erradicacion del analfabetismo; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 022-2006ED se creo el Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion-PRONAMA, responsable de desarrollar las acciones conducentes a erradicar el analfabetismo en el MORDAZA, las mismas que se han venido desarrollando mediante una movilizacion social permanente y descentralizada, a nivel nacional, a fin de promover el mejoramiento de la calidad de MORDAZA, el ejercicio pleno de la ciudadania de mujeres y hombres, jovenes y adultos, que se encuentran en condicion de iletrados, desarrollando habilidades y capacidades de comunicacion oral y escrita sobre la base de un enfoque intercultural y multilingue, de equidad de genero y de participacion democratica; Que, en concordancia con el articulo 37 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, la alfabetizacion esta comprendida en la Educacion Basica Alternativa, en virtud de lo cual mediante Decreto Supremo Nº 0182008-ED se dispuso que la Direccion Tecnica Ejecutiva del PRONAMA asuma durante su vigencia las funciones de la Direccion de Programas de Educacion Basica Alternativa, respecto a los Ciclos Inicial e Intermedio del Programa de Educacion Basica Alternativa de Jovenes y Adultos-PEBAJA, solo para efectos de personas atendidas por el PRONAMA; Que, el PRONAMA a junio del 2011, ha logrado mas de dos millones setecientas mil atenciones a personas en condicion de iletradas, habiendose alfabetizado a mas de un millon seiscientos setenta mil peruanos a nivel nacional; Que, de los resultados y analisis de la medicion de la tasa de analfabetismo realizada por Ipsos APOYO Opinion y MORDAZA, ha determinado que en el Peru, diecinueve departamentos y la Provincia Constitucional del Callao han alcanzado el estandar internacional de logro para la alfabetizacion de su poblacion, reduciendose la tasa promedio de analfabetismo al 2,82% de la poblacion de 15 a mas anos de edad; por lo que se considera un MORDAZA libre de analfabetismo; Que, el esfuerzo desarrollado por el Estado Peruano constituye un logro en nuestra historia republicana y MORDAZA un hito en el MORDAZA del desarrollo integral del pais; Que, el cumplimiento de esta meta, se ha logrado con el esfuerzo del personal integrante del PRONAMA, quienes se dedicaron desde el 2006 hasta el 2011, en forma exclusiva a la actividad de erradicar el analfabetismo en todo el territorio nacional; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762 Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510 y , el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1.- Otorgar el reconocimiento y felicitacion al personal del Programa Nacional de Movilizacion por la Alfabetizacion-PRONAMA, que con su esforzada labor como facilitadores, docentes facilitadores, supervisores, coordinadores locales, sectoristas y administrativos; permitieron reducir la tasa de analfabetismo en el Peru al 2.82 % a nivel nacional, por lo cual nuestro MORDAZA sera reconocido como libre de analfabetismo, facultandose al PRONAMA para extender los certificados correspondientes. Articulo 2.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Educacion.

ENERGIA Y MINAS
Autorizan a la Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad Electronoroeste S.A. - ENOSA, a efectuar importaciones de energia electrica desde el Ecuador
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 266-2011-MEM/DM MORDAZA, 13 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, el articulo 2° del Decreto de Urgencia N° 0372008 publicado en el Diario Oficial El Peruano en fecha 21 de agosto de 2008, dispone que el Ministerio de Energia y Minas esta facultado para declarar las situaciones de restriccion temporal de generacion para asegurar el abastecimiento oportuno de energia electrica en el Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN), para lo cual debe calcular la magnitud de la capacidad adicional de generacion necesaria y requerir a una o mas empresas del sector que desarrollen la actividad de generacion y en las que el Estado tenga participacion mayoritaria, para que, al MORDAZA del articulo 3° de la referida MORDAZA, efectuen las contrataciones y adquisiciones de obras, bienes y servicios que MORDAZA necesarios para asegurar el suministro oportuno de energia electrica al MORDAZA, senalando en su articulo 9° que dicho Decreto de Urgencia tendra una vigencia de hasta treinta y seis (36) meses, es decir, hasta el 21 de agosto de 2011; Que, mediante Informe N° COES/D/DO/SPR-1382011, el Comite de Operacion Economica del Sistema (COES) dio a conocer el riesgo que se presenten situaciones de racionamiento del suministro electrico en la MORDAZA norte del MORDAZA, que incluye la MORDAZA de MORDAZA, a partir del periodo de estiaje 2011, originado por congestion en las lineas de transmision y falta de capacidad de generacion en dicha MORDAZA, por lo que, entre otras medidas, recomendo atender la carga de la MORDAZA de MORDAZA desde la subestacion MORDAZA Nueva 220 kV, en lugar de continuar haciendolo por la linea MORDAZA ­ MORDAZA de 60 kV, asi como la instalacion de unidades de generacion en la MORDAZA norte del SEIN; Que, sobre la base del referido Informe del COES y al MORDAZA del articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 037-2008, con fecha 20 de MORDAZA de 2011 fue publicada la Resolucion Ministerial Nº 198-2011-MEM/DM, mediante la cual se declaro la existencia de Situacion de Restriccion Temporal de Generacion en la MORDAZA norte y en la MORDAZA de MORDAZA del MORDAZA, requiriendose a HIDRANDINA S.A. efectuar las contrataciones y adquisiciones necesarias para instalar un Transformador 220/60 kV en la MORDAZA de MORDAZA y a ELECTROPERU S.A. para que efectue las contrataciones y adquisiciones necesarias para la instalacion de hasta 80 MW en la MORDAZA norte del MORDAZA, especificamente en MORDAZA y Tumbes, gestiones que a la fecha se encuentran en MORDAZA estimandose que concluira en un plazo no menor de seis (06) meses; Que, mediante el documento Nº COES/P-132-2011, el COES presento informacion complementaria en el sentido que se preve un deficit de generacion debido a que la Central Termica de Malacas, de 96 MW, debe entrar en mantenimiento preventivo que tendra una duracion estimada de tres (03) dias, en una fecha aun no definida,

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