Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2011 (14/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, martes 14 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

444633

visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinion favorable del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal del Ejercito de la Republica de Ecuador, detallado a continuacion, para que participen en las reuniones de las autoridades nacionales de accion contra las minas antipersonal (CONTRAMINASCENDESMI), asi como la de los Directores Generales de Desminado Humanitario y de Comandantes Generales de desminado del Peru y Ecuador, a realizarse en la MORDAZA de Pimentel- MORDAZA, del 13 al 14 de junio de 2011: 1. MORDAZA MORDAZA 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al 1er SG MORDAZA MORDAZA DA MORDAZA de la Armada de la Republica Federativa de Brasil, del 13 al 16 de junio de 2011, para incorporarse al equipo de reparos del Submarino TIMBIRA que participara en las actividades conmemorativas por el Centenario de la Fuerza de Submarinos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley Nro. 27856, modificado por Ley Nro. 28899. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 652366-2 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 566-2011-DE/SG MORDAZA, 13 de junio de 2011 CONSIDERANDO:

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley Nro. 27856, modificado por Ley Nro. 28899. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 652366-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 550-2011-DE/SG MORDAZA, 10 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 357 de fecha 06 de junio de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, el equipo de reparos del Submarino TIMBIRA que participara en las actividades conmemorativas por el Centenario de la Fuerza de Submarinos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, incluye la participacion de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, del 13 al 16 de junio de 2011; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da

Que, con Facsimil (DSD) Nº 370 de fecha 09 de junio de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la Republica de Colombia realizara una visita a la MORDAZA de MORDAZA del Peru en el periodo comprendido entre el 13 y 17 de junio de 2011; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.