Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2011 (14/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 14 de junio de 2011

Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al Contralmirante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Republica de Colombia para que realice una visita a la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en el periodo comprendido entre el 13 y 17 de junio de 2011. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley Nro. 27856, modificado por Ley Nro. 28899. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 652366-3 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 567-2011-DE/SG MORDAZA, 13 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 369 de fecha 09 de junio de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, el MORDAZA de las celebraciones del Centenario de la Fuerza de Submarinos del Peru, se llevara a cabo la "XI Conferencia Anual de Submarinos del MORDAZA Pacifico", que contara con la participacion de personal militar de la Republica de Colombia; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores, y; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, a personal militar de la Republica de Colombia detallado a continuacion, para que participe en la "XI Conferencia de Submarinos MORDAZA Pacifico" y en las actividades por el Centenario de la Fuerza de Submarinos del Peru, en el periodo comprendido entre el 13 y 19 de junio de 2011:

1. Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2. Capitan de Corbeta MORDAZA MORDAZA QUIMBAYA MORDAZA Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley Nro. 27856, modificado por Ley Nro. 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 652366-4 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 568-2011-DE/SG MORDAZA, 13 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 366 de fecha 09 de junio de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de la Republica de Colombia realizara una visita al Batallon de Comandos de Infanteria de MORDAZA en la MORDAZA de MORDAZA, del 13 al 22 de junio de 2011; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal de las Fuerzas Armadas de la Republica de Colombia que se detalla, para que realice una visita al Batallon de Comandos de Infanteria de MORDAZA en la MORDAZA de MORDAZA, durante el periodo comprendido entre el 13 y 22 de junio de 2011: 1. Mayor de Infanteria YAMITH MORDAZA MORDAZA 2. Sgto1º de Infanteria MORDAZA MORDAZA PAYARES AGUILERA Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley Nro. 27856, modificado por Ley Nro. 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 652366-5

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