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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (16/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 66

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 16 de junio de 2011 444758 PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas a favor de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 DECRETO SUPREMO Nº 105-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 6.1 del artículo 6º del Decreto de Urgencia Nº 020-2011, se autoriza al Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior para que, de manera excepcional puedan atender en parte el pago de planillas de las pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 19846 a cargo de la Caja de Pensiones Militar - Policial, en coordinación entre esta institución y dichos Ministerios; Que, asimismo el artículo 7º de la citada norma, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a transferir, mediante decreto supremo y en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, los montos necesarios para el pago de la planilla de las pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 19846 a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio de Defensa y Ministerio del Interior, previa solicitud de los citados pliegos. Los montos que se transfi eran afectarán a la Reserva de Contingencia aprobada para el presente año fi scal; Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, mediante los Ofi cios Nºs. 664-2011- MINDEF/DM y 151-2011-IN-0101, los señores Ministros de Defensa y del Interior han solicitado transferencia de recursos para atender el pago de la planilla de pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 19846 a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial; Que, sobre la base de lo señalado en el considerando precedente, a través de los Ofi cios Nº 139-2011- MINDEF/DGPP/01 y Nº 1777-2011-IN-0304, la Dirección General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Defensa y la Ofi cina General de Planifi cación del Ministerio del Interior, respectivamente, requieren la suma total de VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24 852 084,00), que corresponde S/. 15 795 770,00 a favor del Pliego 026 Ministerio de Defensa y S/. 9 056 314,00 a favor del Pliego 007 Ministerio del Interior, para atender la citada planilla de pensiones a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial, correspondiente al mes de junio del presente año; Que, el requerimiento efectuado por los Ministerios de Defensa y del Interior se atenderán con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas por la suma total de VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24 852 084,00); Que, de otro lado, cabe hacer presente que, mediante Decreto Supremo Nº 075-2011-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal, a fi n de fi nanciar en los presupuestos institucionales de los pliegos Ministerio de REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL