Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2011 (16/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano MORDAZA, jueves 16 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

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MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican el MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-2011-ALC/MLV
La MORDAZA, 10 de junio de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTOS: el Memorandum Nº 282-2011-GDU/MDLV de fecha 10 de MORDAZA de 2011; el Informe Nº 144-2011GAJ/MDLV del 11 de MORDAZA de 2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica; el Informe Nº 066-2011-GDU/MDLV del 19 de MORDAZA de 2011 de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, adjuntando el Informe Nº 017-2011-GDU-MDLV-TLR; el Memorandum Nº 406-2011-GM-MLV del 24 de MORDAZA de 2011 de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 024-2011SGPR-GPP/MLV del 6 de junio de 2011 de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalizacion; el Memorandum Nº 7402011-GPP/MLV del 6 de junio de 2011 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, presentado a la Secretaria General con fecha 8 de junio de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades - establece que los gobiernos locales tienen autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencias con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante Ordenanza Nº 082-2009/MLV la Municipalidad de La MORDAZA aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - de la entidad, el cual fue ratificado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 335, siendo publicadas MORDAZA normas en el Diario Oficial El Peruano con fecha 27 de septiembre del 2009; Que, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General - establece en su articulo 38º numeral 5) que toda modificacion del MORDAZA que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos se debe aprobar, mediante Decreto de Alcaldia, en el caso de los gobiernos locales; Que, mediante informe de vistos la Gerencia de Desarrollo MORDAZA manifiesta que resulta necesario modificar el procedimiento Nº 3.45 del MORDAZA de la Municipalidad, denominado "Visacion de Planos", en el extremo referido a la eliminacion del requisito de admisibilidad que obliga al solicitante a presentar una MORDAZA de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial y de Arbitrios de los ultimos cinco (5) anos a su nombre; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA conforme a lo senalado por la Gerencia de Asesoria Juridica mediante informes de vistos, sustenta su propuesta en el criterio de razonabilidad regulado en el articulo 39º de la Ley Nº 27444 y en el MORDAZA de Informalismo y Eficacia establecido en el Articulo IV numerales 1.6 y 1.10 del Titulo Preliminar de la misma MORDAZA, por cuanto considera que la visacion de planos municipal es un acto administrativo que consiste unicamente en dar conformidad a la coincidencia de la informacion que figura en los planos con la realidad fisica del predio, por lo cual no resulta razonable exigir la MORDAZA de las declaraciones juradas MORDAZA citadas, toda vez que no corresponde a la competencia del municipio determinar la legalidad de la posesion del predio ni el reconocimiento de derechos sobre el mismo; Que, sin perjuicio de lo expuesto la Subgerencia de Planeamiento y Racionalizacion manifiesta que, habiendose efectuado una revision de los procedimientos por la Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Control MORDAZA resulta pertinente efectuar correcciones de errores materiales y formular precisiones en los requisitos de dichos procedimientos, asi como modificar la numeracion de procedimientos del MORDAZA de la Municipalidad de La MORDAZA, lo cual se ha detallado en el Informe de vistos de la citada subgerencia que integra el presente Decreto de Alcaldia;

Estando a los fundamentos expuestos y a las normas legales glosadas, de conformidad a lo establecido en el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29091, y en uso de las facultades conferidas en el articulo 20º numeral 6) y el articulo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades -; DECRETA: Articulo Primero.- Modificar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA - de la Municipalidad de La MORDAZA solo en los extremos que se detallan en el anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion la publicacion del presente Decreto y su anexo completo en el MORDAZA institucional www.munilavictoria.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas (PSCE) www.serviciosalciudadano. gob.pe, asi como la ejecucion de las demas acciones que correspondan a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, conforme a sus competencias y atribuciones. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA

653165-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Aprueban modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 234-MVES
MORDAZA El MORDAZA, 27 de MORDAZA del 2011 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA EL MORDAZA, EN SESION DE CONCEJO DE LA FECHA Visto: El Informe Nº 297-2011-UDITIE-OPP/MVES de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica, el Informe Nº 079-2011-OPP/ MVES de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto e Informe Nº 313 -2011-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoria Juridica sobre adecuacion del Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de MORDAZA El Salvador; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 1940 de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, esta autonomia radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el numeral 8) y 32) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, asi como aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043 -2004-PCM se aprueban los lineamientos institucionales para la elaboracion y aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) de las instituciones de la administracion publica, dispositivo que de conformidad con el articulo 3º de la misma MORDAZA, es de aplicacion a los Gobiernos Locales;

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