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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de marzo de 2011 438908 para los servidores que se encuentran contratados bajo los servicios personales como consecuencia de su participación en un concurso público de méritos, como lo prevé el Art. 15º del D.Leg Nº 276 y Arts. 28º y 40º del D.S. Nº 005-90-PCM, y, ii) Proceso de nombramiento por concurso, diseñado para todos los servidores de las distintas entidades que, en el marco de lo dispuesto por el D.U. Nº 113-2009, se encuentran actualmente contratados y ocupando plaza de personal, realizando labores de naturaleza permanente por más de tres (3) años, que no fueron contratados previo concurso público de méritos; Que, mediante Informe Nº 001 - 2011- MDLL-GM el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Llapo, luego de haber revisado y/o evaluado la documentación adjunta al expediente de cada servidor postulante al nombramiento y publicado la Lista Final, remite su INFORME FINAL del proceso de nombramiento del personal administrativo llevado a cabo en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Llapo, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 7.2 de los lineamientos para el nombramiento, recomendado se formalice mediante resolución el nombramiento de cada servidor que fi gura en la Lista Nº 1: Proceso de nombramiento abreviado; Que, el servidor CELEDONIO ASTERIO CAMACHO AGUILAR, en mérito a las normas precitadas anteriormente y estando al Informe del Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Llapo, se encuentra comprendido en la Lista Nº 1: Personal que cumple con los requisitos para participar en el proceso de nombramiento abreviado, al reunir los requisitos para el cargo de Técnico Administrativo I (Secretario General) del Área de Administración de esta Sede, con 40 horas de jornada laboral, Grupo Ocupacional ST-E, plaza vacante según CAP de la Municipalidad Distrital de Llapo, siendo necesario expedir la presente resolución; Estando a lo Informado por el Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Llapo, decretado por el Área de Administración, factibilizado por el Área de Presupuesto, dispuesto por el Alcalde Distrital de Llapo; y De conformidad con la Ley Nº 29626 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, D.U. Nº 113-2009, D.Leg. Nº 276 su Reglamento el D.S. Nº 005-90-PCM, Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 27867, modifi cada por la Ley Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; y ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001 – 2004 – CMLL, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y el CAP de la Municipalidad Distrital de Llapo. SE RESUELVE: 1º.- ESTABLECER la condición laboral del servidor, CELEDONIO ASTERIO CAMACHO AGUILAR, como PERSONAL NOMBRADO de la Municipalidad Distrital de Llapo, en el Régimen Laboral regulado por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 005-90-pcm, quedando incorporado a la Carrera Administrativa en la Plaza de Secretario General, con la categoría remunerativa STC. 2º.- ENCARGAR a las diferentes unidades, áreas y ofi cinas de la Municipalidad Distrital de Llapo el cumplimiento de la presente resolución. 3º.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaria General la publicación de la presente resolución en el portal institucional y periódico mural de la entidad. 4º.- NOTIFÍQUESE Y TRANSCRÍBASE, la presente resolución al interesado, y a las Áreas pertinentes para los fi nes de Ley. Regístrese y comuníquese, publíquese. ANANIAS CAMACHO ALVA Alcalde 612411-2 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUERECOTILLO Declaran la reorganización administrativa y financiera de la Municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2011-CDQ. Querecotillo, 18 de febrero del 2011. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 18 de Febrero de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia conforme a lo dispuesto en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordado con el Art. II del Título Preliminar y Art. 4º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, modifi cada por la Ley Nº 27842, 27852 y 27899; se declaró al Estado Peruano en Proceso de Modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades y organizaciones, con la fi nalidad de mejorar la Gestión Pública y construir un Estado Democrático Descentralizado y al servicio del ciudadano; asimismo se establecen los principios y la base legal para iniciar dicho proceso de modernización, precisando la norma acotada que su ámbito de aplicación es para todas las dependencias de la Administración Pública a nivel Nacional. (...) Que, de conformidad con la Vigésimo Primera Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, “Las municipalidades provinciales o distritales, por única vez, con acuerdo adoptado por dos tercios de los miembros del concejo municipal, podrán declararse en emergencia administrativa o fi nanciera, por un plazo máximo de noventa días, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos y funciones, respetando los derechos laborales adquiridos legalmente.”. Que, de conformidad con los Informes favorables de la Unidad de Asesoría Jurídica, Área de Recursos Humanos y la Gerencia Municipal, y luego de las diversas intervenciones, con el Voto por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo Municipal; estando a las facultades conferidas por el Art. 9º Inc. 8 y Art. 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y a lo Dictaminado por el Concejo Municipal. ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR la Reorganización Administrativa y Financiera de la Municipalidad Distrital de Querecotillo, por un Plazo de 90 días Calendario, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Despacho de Alcaldía, disponga las acciones conducentes a efectos de dar cumplimiento al presente acuerdo. Artículo Tercero.- COMUNICAR el presente Acuerdo a las Áreas administrativas de la municipalidad para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. JORGE CARLOS IRAZABAL ALAMO Alcalde 613191-1