Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2011 (22/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, martes 22 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Oficio Nº 3992-2010-MP-FN-GG-GECINF de fecha 03 de noviembre de 2010 de la Gerencia Central de Infraestructura y el Oficio Nº 3542-2010-MP-FN/PP de fecha 29 de noviembre de 2010 de la Procuraduria Publica del Ministerio Publico, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Cartas Notariales Nºs. 005 y 006-2010MP-FN-GG, MORDAZA del 12 de febrero de 2010, la Entidad resuelve el Contrato de Consultoria Nº 070 -2009, suscrito con el Consorcio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Empresa Ingenieria de Proyectos y Desarrollo EIRL, para el Servicio de Consultoria encargadas de la Elaboracion del Estudio de Pre Factibilidad: "Infraestructura y Equipamiento del Complejo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses" y el Contrato de Consultoria Nº 089 -2009, suscrito con el Consorcio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, para el Servicio de Consultoria encargadas de la Elaboracion del Estudio de Pre Factibilidad: "Construccion y Equipamiento de la Sede del Ministerio Publico en el DJ de Huancavelica en el MORDAZA del NCPP", respectivamente, al no haber cumplido con levantar las observaciones formuladas a sus respectivos MORDAZA Entregable, no obstante haber sido debidamente requeridos otorgandoseles un plazo para tal efecto; Que, mediante Cartas S/N de fecha 05 de marzo del 2010, los Consultores solicitaron el inicio de arbitraje respecto a la resolucion de contratos citados siendo que, por Oficios Nº 952 y 954-2010-MP-FN-GG de fecha 19 de marzo del 2010, la Entidad da respuesta a las mismas; Que, mediante Cartas S/N del 26 de marzo de 2010, los Consultores proponen formula conciliatoria como medio alternativo de solucion de conflictos respecto de la Resolucion de los Contratos de Consultoria Nºs. 070 y 089-2009, indicando que han presentado el MORDAZA Entregable de sus respectivos Estudio de Pre Inversion MORDAZA citados de acuerdo con los requerimientos tecnicos incluidos en las Bases y los Terminos de referencia los que han merecido opinion favorable de la Unidad Formuladora del Ministerio Publico demostrando con ello su intencion de continuar con la ejecucion del contrato hasta su finalizacion a satisfaccion de la Entidad; Que, mediante Oficios Nºs. 1312, 1808 y 3107-2010MP-FN-GG-GECINF de fechas 07 de MORDAZA, 10 de MORDAZA y 24 de agosto de 2010, respectivamente, la Gerencia Central de Infraestructura, a merito de sus Informes Nºs. 025 y 026-2010-MP-FN-GG-GECINF/ASM-NBL, senala que tecnicamente resulta conveniente a los intereses institucionales continuar con la ejecucion de los contratos citados, debiendose aplicar a los consultores la penalidad por demora en la MORDAZA del MORDAZA entregable; Que, mediante Informes N°s. 327 y 328-2010-MPFN-OAJ de fecha 31 de marzo de 2010, la Oficina de Asesoria Juridica teniendo en cuenta la opinion tecnica MORDAZA citada, senala que no existe impedimento alguno para que la Entidad pueda llegar a un acuerdo con el Consultor en aras del interes institucional y considerando el costo-beneficio que resultaria de dicho acuerdo, correspondiendo a la Procuraduria Publica establecer los mecanismos para llegar a la conciliacion sobre la base de la propuesta efectuada por el Contratista; Que, mediante Oficios Nºs. 1120 y 1121-2010-MP-FNPP de fecha 12 de MORDAZA del 2010, la Procuraduria Publica senala que existiendo opinion legal y tecnica favorable respecto a la conveniencia de continuar con la ejecucion del contrato, ademas de la voluntad del Consorcio para desistirse de su solicitud de arbitraje en caso la Entidad deje sin efecto la resolucion de contrato, la decision de la entidad para proseguir con la ejecucion del contrato importa la aplicacion de la correspondiente penalidad al Consultor, previo desistimiento de este a su solicitud de arbitraje; Que, por Carta s/n, recepcionada el 13 de agosto del 2010, los citados Consorcios declararon bajo juramento que contra el Ministerio Publico no han iniciado ningun

MORDAZA arbitral ante el OSCE u otro organismos arbitral y queda totalmente sin efecto el inicio de procedimiento arbitral que solicitaron al Ministerio Publico indicando que continuan desarrollando la consultoria; Que, mediante Oficio Nº 3992-2010-MP-FN-GGGECINF del 03 de noviembre de 2010, la Gerencia Central de Infraestructura remite el Acta de Acuerdo Preliminar que suscribiera con lo Consultores Consorcio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Empresa Ingenieria de Proyectos y Desarrollo EIRL y Consorcio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA el dia 03 de noviembre de 2010, en virtud a las coordinaciones institucionales efectuadas por disposicion superior; Acta que contiene los acuerdos preliminares tendientes a posibilitar que el Ministerio Publico en aras del interes institucional decida la continuacion de la ejecucion de los Contratos de Consultoria Nºs. 070 y 89-2009 dejando sin efecto, principalmente, la resolucion contractual, y procediendo a la aplicacion de la penalidad por la demora en la MORDAZA del MORDAZA entregable en los mencionados contratos; Que, mediante Oficio Nº 3542-2010-MP-FN/PP del 29 de noviembre de 2010, la Procuraduria Publica solicita la expedicion de la Resolucion Autoritativa a efectos que se le autorice conciliar extrajudicialmente en el MORDAZA del Acta de Acuerdo Preliminar referido, conforme a la facultad conferida por el articulo 37º numeral 1) del Reglamento del Sistema de Defensa Juridica del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, concordado con el articulo 13º del Reglamento de la Ley de Conciliacion aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS; Que, estando a la opinion tecnica de la Gerencia Central de Infraestructura, la opinion juridica de la Procuraduria Publica y la opinion legal de la Oficina de Asesoria Juridica, se determina que es conveniente a los intereses institucionales continuar con la ejecucion de los Contratos de Consultoria Nºs. 070 y 089-2009, para lo cual se debe autorizar expresamente al Procurador Publico del Ministerio Publico que se encuentra a cargo de la defensa juridica de los derechos e intereses de la Entidad para que en representacion y defensa de los intereses institucionales, participe y concilie extrajudicialmente con los mencionados Consorcios en el MORDAZA del Acta de Acuerdo Preliminar citado, de conformidad con el articulo 37º numeral 1) del Reglamento del Sistema de Defensa Juridica del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, en concordancia con el articulo 13º del Reglamento de la Ley de Conciliacion aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS; Contando con el visto de la Gerencia General, de la Gerencia Central de Infraestructura y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con el articulo 37º numeral 1) del Reglamento del Sistema de Defensa Juridica del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 014-2008-JUS y, estando a las atribuciones conferidas en el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Juridicos del Ministerio Publico para que, en nombre y representacion de la Entidad, concilie Extrajudicialmente con el Consorcio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Empresa Ingenieria de Proyectos y Desarrollo EIRL y el Consorcio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA Ferrer MORDAZA, que tienen a su cargo la Elaboracion de los Estudio de Pre Factibilidad "Infraestructura y Equipamiento del Complejo del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses" y "Construccion y Equipamiento de la Sede del Ministerio Publico en el DJ de Huancavelica, en el MORDAZA del NCPP", relacionados a los Contratos de Consultoria Nºs. 070 y 089-2009, respectivamente, en el MORDAZA de las pretensiones y derechos contenidos en el Acta de

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