Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2011 (22/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, martes 22 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

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Considerara personal en planilla, con derecho a remuneracion y beneficios sociales de acuerdo a Ley, a quienes realicen labores permanentes y directamente relacionadas con las actividades principales de la Sociedad Operadora. REGIMEN DE SEGUROS La Sociedad Operadora debera contratar las siguientes polizas de seguros: · Seguros sobre los Bienes de ESSALUD · Seguros personales para trabajadores. · Seguros contra todo riesgo de construccion y montaje. · Seguros de todo riesgo de obras civiles terminadas, equipamiento y mobiliario. · Seguros de propiedad todo riesgo. · Seguros de Responsabilidad Civil General, Contractual, Extracontractual y Patronal. · Seguro de mala praxis. CADUCIDAD DEL CONTRATO Se producira por las siguientes causales, segun se indique en el Contrato de APP: · Vencimiento del plazo del Contrato · Mutuo acuerdo · Resolucion por Incumplimiento de la Sociedad Operadora · Resolucion por Incumplimiento de ESSALUD · Decision Unilateral de ESSALUD · Fuerza Mayor o caso fortuito MECANISMOS DE COMPENSACION El Contrato establecera formulas de compensacion a la Sociedad Operadora por las causales de resolucion por incumplimiento de ESSALUD o en caso de caducidad por decision unilateral de ESSALUD. Esta formula de compensacion debera contemplar el resarcimiento de los danos y perjuicios a la Sociedad Operadora, asi como el reconocimiento de las inversiones no canceladas hasta la fecha de la caducidad del Contrato, los costos de financiamiento y servicio de la deuda, entre otros. En los demas casos se realizara la liquidacion correspondiente, debiendose cumplir con el reconocimiento de las inversiones no canceladas y otros correspondientes a la prestacion de los servicios. DERECHOS DE EXCLUSIVIDAD: El Contrato de APP considerara la exclusividad de la Sociedad Operadora en los departamentos de MORDAZA (los distritos MORDAZA senalados), MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA, Tacna, MORDAZA y San MORDAZA, para la prestacion de los servicios de hemodialisis o dialisis peritoneal continua ambulatoria para los pacientes de ESSALUD con MORDAZA renal en estadio 5 ubicados en dichas zonas. EsSalud otorgara la exclusividad a la Sociedad Operadora, hasta la cobertura progresiva de la Oferta MORDAZA propuesta por la sociedad operadora, durante la vigencia del Contrato. SUSPENSION DEL PLAZO El plazo del contrato podra ser suspendido por circunstancias que afecten o imposibiliten la regular prestacion de cualquiera de los servicios que preste la Sociedad Operadora en virtud del Contrato de Asociacion Publico Privada. A continuacion se describen algunos de los supuestos probables: · Caso fortuito o fuerza mayor, sin perjuicio de la causal de resolucion del contrato. · En caso de huelgas efectivas de los medicos, enfermeros o trabajadores de salud de acuerdo a los limites previstos por ley.

· Incumplimiento en las obligaciones de las Partes, incluyendo el pago de las retribuciones. · Acuerdo entre las partes. SOLUCION DE CONTROVERSIAS El Contrato debera contemplar un mecanismo por el cual se establezca un periodo de trato directo en el cual las Partes deberan poner sus esfuerzos para dirimir las controversias que surjan en la ejecucion del Contrato, y de no ser esto viable, un mecanismo arbitral de derecho para dirimir las controversias tecnicas y no tecnicas, respectivamente, que se susciten. El Arbitraje sera conducido en la MORDAZA de MORDAZA, bajo las leyes del Peru IV GARANTIAS DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES Con el fin de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en el contrato, la Sociedad Operadora debera contar y mantener vigente las siguientes garantias. Garantia de fiel cumplimiento de construccion de obras y Equipamiento Para garantizar las obligaciones durante la Etapa Pre-Operativa de la Sociedad Operadora, asi como el pago de las penalidades y demas sanciones referidas a las mismas, esta entregara a ESSALUD una garantia de fiel cumplimiento de obras y equipamiento por un monto equivalente al diez por ciento (10%) de la inversion proyectada referencial, vigente hasta el inicio de las operaciones. Garantia de fiel cumplimiento de las operaciones A fin de garantizar el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones a cargo de la Sociedad Operadora derivadas de la celebracion del contrato desde la fecha de inicio de las operaciones, asi como el pago de las penalidades y demas sanciones referidas a las mismas. Debe contar con una garantia de fiel cumplimiento del servicio, emitida a favor de ESSALUD, la misma que debera estar vigente hasta seis (06) meses posteriores al termino del plazo del contrato y en poder de ESSALUD. Dicha garantia debera ser otorgada por periodos anuales y por un monto equivalente al diez por ciento (10%) del RPS referencial anual. Garantia de validez, vigencia y seriedad de la oferta El proponente debera presentar dentro del plazo de (10) dias habiles contados desde la fecha de comunicacion de la declaracion de interes, una carta fianza a fin de asegurar la suscripcion del respectivo contrato en caso le sea adjudicado. Dicha carta fianza debera estar vigente hasta la suscripcion del contrato. En caso de existir terceros interesados en la ejecucion del proyecto, la Carta Fianza sera devuelta por ESSALUD al proponente de la Iniciativa Privada. La Carta Fianza debera suscribirse por un monto U$D 525,000 (Quinientos veinticinco mil con 00/100 Dolares de los Estados Unidos de Norteamerica) debiendo mantenerse vigente hasta la fecha de suscripcion del Contrato, para lo cual el Proponente se obliga a realizar las renovaciones correspondientes en coordinacion con ESSALUD. V REQUISITOS DE PRECALIFICACION Los interesados en participar podran hacerlo como persona juridica o conformar un consorcio, en el caso que la iniciativa privada sea materia de concurso publico, debera acreditar como minimo los siguientes requisitos:

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