Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2011 (11/05/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, miercoles 11 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

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de las coordenadas UTM que figuran en el Expediente, utilizando los recursos hidricos del rio Molloco; Que, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos, mediante Resolucion Directoral N° 0322010-MEM/AAE, de fecha 29 de enero de 2010, aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Central Hidroelectrica Molloco; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 037 -2011-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar concesion definitiva a favor de EGASA, que se identificara con el codigo N° 11267110, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la futura Central Hidroelectrica Molloco, con una potencia instalada de 302,10 MW, que estara ubicada en los distritos de Cabanaconde, Caylloma, Tapay, Choco, Chachas y Orcopampa, provincias de Caylloma y MORDAZA, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones indicados en la presente Resolucion Suprema y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo siguiente. Articulo 2°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 363-2011 a suscribirse con EGASA, que consta de 19 clausulas y 4 anexos. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica a que de origen el Contrato de Concesion N° 363-2011, referido en el articulo 2° de esta Resolucion, en cumplimiento del articulo 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 638562-4

exclusiva del Gobierno Nacional, el diseno de politicas nacionales y sectoriales; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, resulta necesario establecer las politicas nacionales que seran de cumplimiento obligatorio y con metas semestrales verificables para todas las dependencias del Sector Energia y Minas, a fin de que los funcionarios impulsen transversalmente su promocion y ejecucion en adicion al cumplimiento de las politicas sectoriales; Que, la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperacion Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energia y Minas emitio con fecha 28 de MORDAZA de 2011, el Informe Nº 049-2011-MEM/OGP/OPIC a traves del cual se propone la modificacion de la Matriz de Indicadores de Desempeno y Metas de las Politicas Nacionales para el ano 2011, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 024-2011-MEM/DM; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Organica del Sector Energia y Minas y el Decreto Supremo Nº 0312007-EM, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas; Con la opinion favorable del Viceministro de Energia, del Viceministro de Minas y del Secretario General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Matriz de Indicadores de Desempeno y Metas de las Politicas Nacionales del ano 2011 correspondiente al Sector Energia y Minas, aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 024-2011-MEM-DM, de conformidad con lo senalado en el documento que como Anexo forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Las Entidades y los Organos del Sector Energia y Minas incluidos en la implementacion de estas politicas deben remitir oportunamente a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energia y Minas la informacion de la ejecucion de las Metas y Politicas Nacionales al finalizar cada semestre. Articulo 3º.- Publiquese la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y el Anexo integrante de la misma, sera publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Energia y Minas (www. minem.gob.pe), asi como en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 637574-1

MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Dan por concluida designacion y encargan la Presidencia del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chiclayo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 146-2011-MIMDES MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 016-2007MIMDES del 18 de enero de 2007, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a la senora MORDAZA MORDAZA SAMAME, como Presidente y Miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de Chiclayo, respectivamente; Que, a traves del articulo 3 de la Resolucion Ministerial Nº 380-2009-MIMDES del 26 de setiembre de 2009, se ratifico las designaciones de los senores mencionados en el considerando anterior; Que, por necesidad del servicio, resulta conveniente dar por concluida la designacion del senor MORDAZA

Modifican la Matriz de Indicadores de Desempeno y Metas de las Politicas Nacionales del Ano 2011 correspondiente al Sector Energia y Minas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 215-2011-MEM/DM MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2011 Visto el Informe Nº 049-2011-MEM/OGP/OPIC de la Oficina de Planeamiento, Inversiones y Cooperacion Internacional del Ministerio de Energia y Minas; CONSIDERANDO: Que, el articulo 26º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece como competencia

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