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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de mayo de 2011 443509 Delegan facultades para suscribir el “Acuerdo Marco entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Ucrania sobre Cooperación en el Ámbito de Actividades Espaciales” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2011-RE Lima, 30 de mayo de 2011 Visto el Memorándum (DSL) Nro. DSL0132/2011 de 24 de mayo de 2011 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Acuerdo Marco entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Ucrania sobre Cooperación en el Ámbito de Actividades Espaciales”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nro. 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Coronel de la Fuerza Aérea del Perú (FAP), Juan Félix Enrique Pasco Barriga, Jefe Institucional de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA), las facultades suficientes para que suscriba el “Acuerdo Marco entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de Ucrania sobre Cooperación en el Ámbito de Actividades Espaciales”. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Coronel de la Fuerza Aérea del Perú (FAP), Juan Félix Enrique Pasco Barriga, Jefe Institucional de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (CONIDA). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 646965-3 Modifican R.S. Nº 113-2009-RE mediante la cual se nombró a Cónsul General del Perú en Buenos Aires, República Argentina RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 176-2011-RE Lima, 30 de mayo de 2011 Vista la solicitud s/n del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gino Rafael Giorffi no Cunibertti, de 22 de marzo de 2010, mediante la cual solicita el reembolso por gastos de traslado, por haber sido trasladado en el exterior, del Consulado General del Perú en La Plata, al Consulado General del Perú en Buenos Aires, República Argentina; CONSIDERANDO: Que, el artículo 187º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, señala que los funcionarios del Servicio Diplomático tienen derecho a