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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de noviembre de 2011 452780 Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la Mancomunidad Municipal del Valle de Los Volcanes, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las municipalidades distritales de Orcopampa, Ayo, Chachas, Andagua y Chilcaymarca, aprueban la constitución de la Mancomunidad Municipal del Valle de Los Volcanes; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 036-2011–PCM/ SD-OGI-NCHL, en la elaboración de los documentos presentados para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la Mancomunidad Municipal del Valle de Los Volcanes, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal del Valle de Los Volcanes; integrada por las municipalidades distritales de Orcopampa, Ayo, Chachas, Andagua y Chilcaymarca, ubicadas en la provincia de Castilla, en el departamento de Arequipa, reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal del Valle de Los Volcanes, como sigue: Presidente: Mario Eliseo Yauri Yauri, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chilcaymarca. Director: Jesús Juan Purguaya Sánchez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Andagua. Director: Mario Magdaleno Alcasihuincha Layme, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chachas. Director: José Justo Vilca Yato, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ayo. Director: Eustaquio Peña Sivincha, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Orcopampa; Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la Mancomunidad Municipal del Valle de Los Volcanes, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 712296-1 AGRICULTURA Dan por concluida designación y encargan funciones de Jefe de la Agencia Zonal Canta - Huaral de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 103-2011-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 4 de noviembre de 2011 VISTA: La Carta de la Ing. Yuli Vilma Villanueva Quispe presentada el 28 de octubre de 2011 y la Nota Informativa Nº 190 -2011-AG-AGRO RURAL-OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 078- 2011-AG-AGRO RURAL-DE publicada el 23 de setiembre de 2011, se designó a la Ing. Yuli Vilma Villanueva Quispe en el cargo de Jefa de la Agencia Zonal Canta - Huaral de la Dirección Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL; Que, con Carta del 24, recibida el 25 de octubre de 2011, la funcionaria presentó su renuncia al cargo de Jefa de la Agencia Zonal Canta - Huaral por motivos personales; Que, a través de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 102-2011-AG-AGRO RURAL-DE, publicada el 27 de octubre de 2011 se aceptó la renuncia con efectividad al 31 de Octubre de 2011; Que, en fecha 28 de Octubre de 2011 la Ing. Yuli Vilma Villanueva Quispe, presenta una Carta en la cual se desiste de su Renuncia; Que, el Artículo 190.1 de la Ley acotada regula el Desistimiento de Actos y Recursos Administrativos, señalando que estos pueden realizarse antes que hayan producido efectos; en ese sentido, la carta de Desistimiento de la Ing. Yuli Vilma Villanueva Quispe fue presentada el 28 de Octubre último, es decir antes que adquiera efi cacia el acto resolutivo de aceptación de su renuncia; Que, el Artículo 2.5.3.2 del Manual de Operaciones aprobado por Resolución Ministerial N° 1120-2008- AG establece que, la Dirección Ejecutiva designa a los Jefes de Agencia Zonal mediante acto resolutivo, por lo tanto para la designación de este cargo de confi anza, se procede en observancia a la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en la Designación y Nombramiento de los Funcionarios Públicos; Que, en este contexto es atribución del Director Ejecutivo designar, aceptar la renuncia o dar por concluidos los cargos de confi anza; siendo pertinente en este caso, dar por concluida la designación de la Ing. Yuli Vilma Villanueva Quispe al cargo de Jefa de la Agencia Zonal Canta - Huaral de la Dirección Zonal Lima; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de