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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (10/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de noviembre de 2011 453146 MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Modifican la Ordenanza Nº 150-MSMM, mediante la cual se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 154-2011-MSMM LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Santa María del Mar, en Sesión Extraordinaria de Concejo del día 10 de agosto del 2011; ha dado la siguiente y; VISTO: El informe Nº 034-2011 OPP/MSMM de fecha 10 de agosto del año en curso, emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto donde se remite el levantamiento de Observaciones Técnico - Legales que originaron la devolución de la solicitud de ratifi cación de la Ordenanza N° 150, el Informe Técnico y los correspondientes formatos del proyecto de TUPA, incluida la estructura de costos, así mismo el Informe Legal Nº038- 2011-OAJ-MSMM de fecha 10 de Agosto del año en curso, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, sobre el Proyecto de Ordenanza que modifi ca la Ordenanza Nº 150, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad distrital de Santa María del Mar; y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el numeral 36.1 del Artículo 36º de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; Que, La Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 29972, en su artículo 40º prescribe que la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra facultada para ratifi car las Ordenanzas de carácter tributario de todos los distritos que integran la Provincia de Lima, siendo que la ratifi cación constituye un requisito para la vigencia de la norma municipal; Que, con fecha 27 de Junio de 2011 se ha publicado en el Diario Ofi cial El Peruano la Ordenanza Nº 1533–MML mediante el cual la Municipalidad Metropolitana de Lima regula el procedimiento de ratifi cación de las ordenanzas que aprueban procedimientos de ratifi cación de Ordenanza Tributarias Distritales en el ámbito de la Provincia de Lima, estableciéndose en su Cuarta Disposición Final que la Ordenanza 607 mantiene su vigencia únicamente respecto de las solicitudes de ratifi cación presentadas hasta la fecha de publicación de la presente ordenanza, siempre que éstas versen sobre derechos administrativos que es el presente caso; Que, mediante Informe Técnico Nº 034-2011 OPP/MSMM de fecha 10 de agosto del año en curso, emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de ésta Municipalidad, señala que se han levantado las observaciones formuladas por el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima sobre la estructura de costos de los diversos derechos del Proyecto de la modifi cación Ordenanza que aprueba el TUPA y el cuadro de costos que sustentan los derechos de los administrados que deberán pagar en la tramitación de los procedimientos administrativos, éstos se adecuan a lo normado por la Ley Nº 27972, Ley Nº 27444, Ordenanza Nº 1533–MML y la Directiva Nº 001-006-00000001-SAT; Que, mediante Informe Legal Nº 038-2011-OAJ- MSMM de fecha 10 de Agosto de 2011 la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión legal en torno a las observaciones formuladas por el SAT opinando por que se acoja las mismas en tanto se sustentan en la normativa legal vigente, de lo que se colige que el proyecto propuesto ha sido elaborado en coordinación estricta con las unidades orgánicas que tienen bajo responsabilidad procedimientos, el mismo que se encuentra acorde con la estructura orgánica de la corporación; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el Artículo 9º. Numeral 8) Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Actas, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que modifi ca la Ordenanza Nº 150-MSMM que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar así como, las tasas y derechos correspondientes a dichos procedimientos. Artículo Segundo.- DERÓGUESE todas las Ordenanzas y normas que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Administración disponer la Publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Informática publicar el texto íntegro de dicha norma en el Portal Institucional de la Municipalidad , así como el sustento de la estructura de costos en anexo adjunto en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresa –PSCE www. serviciosalciudadano.gob.pe al amparo de lo normado en los numerales 3.1) y 3.2) del Artículo 3º. de la Ley 29091, bajo responsabilidad. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo del Concejo Metropolitano de Lima, que la ratifi que. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS Alcaldesa 713458-1 Incluyen cuadro de servicios en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 119-2011-MSMM Santa María del Mar, 25 de octubre del 2011 Visto, el Informe Nº 050-2011-OA/MSMM de fecha 10 de octubre del año en curso emitido por el Jefe de la Ofi cina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 075-2009 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 22 de enero del 2010, se aprobó el Tarifario de Servicios no Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, en el cual no se considera el alquiler de espacios para las actividades económicas que se realizan en la temporada de verano; Que, mediante Ordenanza Nº 157-2011-MSMM de fecha 25 de agosto del año en curso, se aprobó la Ordenanza que regula las actividades económicas y