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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de noviembre de 2011 453147 expendio de productos en las zonas de playa del balneario durante la temporada de verano del Distrito de Santa María del Mar; Que, mediante Informe Nº 050-2011-OA/MSMM de fecha 10 de octubre del año en curso emitido por el Jefe de la Oficina de Administración al Gerente Municipal menciona que de acuerdo al artículo 8.5 de la Ordenanza Nº 157-2011-MSMM, Ordenanza que regula las actividades económicas a realizarse en las zonas de playa del Distrito durante la Temporada de Verano deberán estar contempladas en el TUSNE (Texto Único de Servicios No Exclusivos) de la Municipalidad; Que, las actividades económicas a realizar en las zonas de Playa del Distrito durante la Temporada de Verano son venta de pan, periódicos y revistas, helados, gaseosas y alquiler de sombrillas y Kayaks siendo los montos mensuales propuestos de S/50, 150, 150, 100, 200 y 200 nuevos soles respectivamente; Que, mediante proveído del Gerente Municipal de fecha 25 de octubre del año en curso, solicita se emita el dispositivo municipal aprobando e incluyendo en el TUSNE de la Municipalidad, los servicios propuestos por el Jefe de la Ofi cina de Administración, según como lo indica en el Informe Nº 050-2011-OA/MSMM; Que, el último párrafo del artículo 37º de la Ley de Procedimientos Administrativos General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecerán los requisitos y costos correspondientes a los mismos los cuales deberán ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 075-2009 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 22 de enero del 2010 se aprobó el Tarifario de Servicios no exclusivos de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, entre los que no se encuentran incluidos el alquiler de espacios para las actividades económicas que se realizan en la temporada de verano; Que, estando a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- INCLUIR en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar el siguiente cuadro: Denominación del Servicio Requisitos Precio x mes Precio x temporada Alq. Espacio para venta de pan Solicitud al Alcalde Pago de Derecho 50 150 Alq. Espacio para venta de periódicos Solicitud al Alcalde Pago de Derecho 150 450 Alq. Espacio para venta de helados Solicitud al Alcalde Pago de Derecho 150 450 Alq. Espacio para venta de dulces y gaseosas Solicitud al Alcalde Pago de Derecho 100 300 Alq. Espacio para Alquiler de sombrillas Solicitud al Alcalde Pago de Derecho 200 600 Alq. Espacio para Alquiler de Kayaks Solicitud al Alcalde Pago de Derecho 200 600 Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico www.stamariadelmar. gob.pe de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar. Artículo Tercero.- DISPONER que el Gerente Municipal, el Jefe de la Ofi cina de Administración, el Jefe de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe de la Unidad de Informatica adopten las acciones administrativas necesarias para su implementación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS Alcaldesa 713460-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 265-MDS Mediante Ofi cio N° 142-2011/SG-MDS la Municipalidad Distrital de Surquillo solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N° 265-MDS, publicada en la edición del 4 de noviembre de 2011. DICE: “ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS PARA EL PAGO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS IMPUESTAS HASTA EL AÑO 2010 DEBE DECIR: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS PARA EL PAGO DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS IMPUESTAS HASTA EL AÑO 2011 DICE: ARTÍCULO 1°.- OBJETO La presente ordenanza tiene como objeto establecer benefi cios extraordinarios para la cancelación de multas administrativas generadas hasta el ejercicio 2010 en el distrito de Surquillo. DEBE DECIR: ARTÍCULO 1°.- OBJETO La presente ordenanza tiene como objeto establecer benefi cios extraordinarios para la cancelación de multas administrativas generadas en el distrito de Surquillo. DICE: ARTÍCULO 2°.- ALCANCES El benefi cio establecido en la presente Ordenanza está dirigido a los administrados de la Municipalidad Distrital de Surquillo que adeuden multas administrativas generadas hasta el ejercicio 2010. DEBE DECIR: ARTÍCULO 2°.- ALCANCES El benefi cio establecido en la presente ordenanza está dirigido a los administrados de la Municipalidad distrital de Surquillo que adeuden multas administrativas generadas. DICE: ARTÍCULO 3°.- BENEFICIOS (...) En las demás Líneas de Acción y/o otras Gerencias • Condonación del 90% del importe de las Multas Administrativas generadas en los ejercicios anteriores al 2006 y en el año 2006. • Condonación del 80% del importe de las Multas Administrativas generadas en los ejercicios 2007 y 2008. • Condonación del 70% del importe de las Multas Administrativas generadas en los ejercicios 2009 y 2010. DEBE DECIR: ARTÍCULO 3°.- BENEFICIOS (...)