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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 10 de noviembre de 2011 453142 VISTO: Los valores arancelarios de los planos prediales de los distritos de la jurisdicción regional de La Libertad, remitidos por la Dirección Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para su aprobación correspondiente; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado en su Artículo 188º, regula que: “La descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país (…)”. Que, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, en su Artículo 26º literal h), establece que son competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, el régimen de comercio y aranceles, concordante con la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158, que establece igualmente el régimen de comercio y aranceles como competencia exclusiva del Poder Ejecutivo. Que, mediante Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en su Artículo 58º inciso “g” señala como función específi ca: “Aprobar los aranceles de los planos prediales con arreglo a las normas técnicas vigentes sobre la materia del Consejo Nacional de Tasaciones”. Que, por Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 003-2007-PCM/SD se aprueba la Directiva Nº 001- 2007-PCM/SD, la misma que indica las normas para la ejecución de la transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales de las Funciones Sectoriales Incluidas en los Planes Anuales de Transferencia; extendiéndose mediante Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 060-2008-PCM/SD. Que, a través del Decreto Supremo Nº 049-2008- PCM se aprueba el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2008”, en la que se incluye en materia de Vivienda y Saneamiento la función establecida en el Artículo 58º inciso “g” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, con Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA se dispone la fusión de CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, bajo la modalidad de fusión por absorción, correspondiéndole al citado Ministerio la calidad de entidad incorporante. Asimismo, con Resolución Ministerial Nº 291-2006-VIVIENDA se dictan disposiciones para liquidación y extinción del CONATA. Que, por Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA y Resolución Ministerial Nº 001-2011-VIVIENDA, la Dirección Nacional de Urbanismo tiene funciones normativas y de arancelamiento a nivel nacional. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 829-2008- VIVIENDA se aprueba el “Plan Anual de Transferencia Sectorial 2008 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, incluyendo la función del Artículo 58º inciso “g” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, con fecha 23 de marzo del 2010 se expide la Resolución Ministerial Nº 056-2010-VIVIENDA que aprueba la “Norma para determinar los valores unitarios ofi ciales de terrenos urbanos a nivel nacional”. Que, con Resolución Ministerial Nº 155-2011- VIVIENDA, fecha 22 de julio del 2011, se declaró concluido el proceso de transferencia de la función establecida en el literal g) del Artículo 58º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de vivienda y saneamiento al Gobierno Regional de La Libertad. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 024-2010-GRLL- GGR/CR, de fecha 08 de noviembre del 2010, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento del Gobierno Regional La Libertad, estableciéndose en su inciso g) del Artículo 11º concordante con su inciso j) del Artículo 14º, que la mencionada Gerencia Regional tiene como función aprobar los aranceles regionales de los planes prediales con arreglo a las normas técnicas y vigentes sobre la materia. Que, la Dirección Nacional de Urbanismo a través del Ofi cio Circular Nº 1015-2011-VIVIENDA/VMVU-DNU, de fecha 25 de julio del 2011, convocó al Gobierno Regional La Libertad para participar de Taller de Coordinación para aprobación de valores arancelarios de planos prediales, el mismo que se realizó los días 08 y 09 de agosto del presente año, concurriendo una delegación integrada por el Ing. Segundo Julio Castro Oruna y Lic. Juan Carlos Carrascal Cabanillas suscribiendo el acta de conformidad después de verifi car el trabajo realizado por el área técnica y recibir las explicaciones del caso. Que, la aprobación de los valores arancelarios de los planos prediales es un componente importantísimo del impuesto predial; de administración de los gobiernos locales, el mismo que deberá ser aprobado en el más breve plazo. Que, de conformidad con el Informe Nº 06-2011- GRLL/GRVCyS elaborado por Ing. Segundo Julio Castro Oruna, la formulación de los valores arancelarios de los planos prediales elaborado por la Dirección Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se encuentra acorde con la normatividad vigente sobre la materia. Por tales consideraciones expuestas y en ejercicio de las atribuciones que confi ere la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias; la Ordenanza Regional Nº 024–2010-GR-LL/CR; y, la Resolución Ministerial Nº 155-2011-VIVIENDA. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR los valores arancelarios de los planos prediales de los distritos de la jurisdicción regional de La Libertad, vigentes para el ejercicio fi scal 2012, que se detallan a continuación: Con inspección de campo (18): Ascope, Chicama, Chocope, Paiján, Rázuri, Santiago de Cao, Chepén, Pacanga, Pacanguilla, Pueblo Nuevo, Santa Rosa, Guadalupe, San Pedro de Lloc, Laredo, Moche, Salaverry, Virú y Guadalupito. Sin inspección de campo (15): Cascas, Jucán, Otuzco, Pacasmayo, Tayabamba, Huamachuco, Marcabal, Santiago de Chuco, Quiruvilca, Trujillo, El Porvenir, Florencia de Mora, La Esperanza, Huanchaco y Víctor Larco Herrera (Buenos Aires). Distritos que por primera vez cuentan con plano básico (02): Bolívar y San José. Artículo Segundo.- DISPONER se remita la presente resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para su trámite correspondiente. Regístrese y publíquese. JOSE MANUEL CUBAS CAVA Gerente Regional Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento 713446-1 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Modifican el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Gobierno Regional Piura ORDENANZA REGIONAL N° 225-2011/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Estado, modifi cada