Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2011 (10/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 10 de noviembre de 2011

En la Sesion Ordinaria Nº 21-2011, de fecha 26 de Octubre del 2011, el Informe Nº 0984-2011-MDSMGADUR/JLRG/G, el Informe Nº 0985-2011-MDSMGADUR/JLRG/G, el Informe Legal Nº 226-2011-MDSMGAJ, documentos de fecha 19 de Octubre del presente ano; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, la autonomia de los gobiernos locales radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo de administracion, con sujecion al orden juridico, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, "la finalidad de los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion"; Que, en la Sesion Ordinaria Nº 21-2011, de fecha 26 de Octubre del 2011, el Pleno analizo el informe expuesto por el Gerente de Acondicionamiento de Desarrollo MORDAZA y Rural en el que se planteo la necesidad de exonerar los procesos de seleccion de obras que requieren su pronta ejecucion puesto que se encuentran en situacion de emergencia, siendo la "Construccion del MORDAZA de Contencion del Barrio de San MORDAZA sector Oeste y "Construccion del MORDAZA de Contencion del Barrio Garapatac;

Que, el Articulo 20º literal b) de la Ley de Contrataciones del Estado, respecto a la Exoneracion de procesos de seleccion, estan exoneradas de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen, ante una situacion de emergencia derivada de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional; Que, luego de la exposicion se procedio al intercambio de opiniones y en merito al Articulo 9 y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se tomo el siguiente acuerdo; SE ACUERDA: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion de los Procesos de Seleccion, para las obras que se encuentran en situacion de emergencia, siendo las siguientes: - "Construccion del MORDAZA de Contencion del Barrio de San MORDAZA Sector Oeste-San Marcos- HuariAncash" - "Construccion del MORDAZA de Contencion del Barrio Garapatac, San Marcos- Huari- Ancash" Articulo Segundo.- PUBLICAR el presente acuerdo en el Sistema Electronico de Contrataciones del EstadoSEACE dentro del plazo establecido por Ley y REMITIR MORDAZA a la Contraloria General de la Republica a fin de MORDAZA conocimiento del mismo. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA N. UGARTE MORDAZA MORDAZA 714004-1

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposicion, con o sin anexos, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete o cd rom con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar, si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o MORDAZA deberan ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una pagina apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografia minima a utilizar debera ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera.

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