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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (17/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de noviembre de 2011 453422 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio a la ciudad de Las Vegas, en el Estado de Nevada, en los Estados Unidos de América, al Personal Militar FAP que se indica a continuación, para que participe en el “COMITÉ II - ESTUDIO DE APOYO C2” organizado por el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), del 27 de noviembre al 02 de diciembre de 2011: Coronel FAP JOSE ANTONIO RUBIO TRAVI Comandante FAP HANS ERICK GOTTFRIED YAÑEZ Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima - Estados Unidos de América - Lima US $ 1,331.00 x 02 Personas (Incluye TUUA) Viáticos: US $ 220.00 x 06 días x 02 Personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- Los Ofi ciales Superiores comisionados, deberán cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 717571-7 Autorizan viajes de oficiales de la Marina de Guerra a Bolivia y Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 543-2011-DE/MGP Lima, 16 de noviembre de 2011 Visto el Ofi cio P.200-1851 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 30 de setiembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, en la X Reunión Bilateral de Comandos de Zonas Navales Fronterizos Bolivia - Perú, realizada en la ciudad de Arequipa, del 21 al 24 de noviembre de 2010, acordaron que el Segundo Ejercicio de Contaminación del Lago Titicaca, se realizaría en el Estrecho de Tiquina, Estado Plurinacional de Bolivia, con la participación de dos (2) observadores de la Capitanía Guardacostas Lacustre de Puno; Que, se ha designado al Capitán de Puerto de Puno y a un asesor de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, para que participen en el Segundo Ejercicio de Contaminación del Lago Titicaca, a realizarse en el Estrecho de Tiquina, Estado Plurinacional de Bolivia, los días 17 y 18 de noviembre de 2011; Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación y autorización de dos (2) Ofi ciales Superiores, para que participen en el mencionado Ejercicio; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 4: Actividades Operacionales, Ítem 3, Anexo 2 (RDR), mediante Resolución Suprema Nº 135-2011-DE, de fecha 12 de abril de 2011, que modifi ca el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Año Fiscal 2011, aprobado con Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG, del 13 de enero de 2011 y sus modifi catorias; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Enrique Rolando Justiniano SANTA MARIA Oliva y del Capitán de Corbeta SGC. Harry Raúl CHIARELLA Horna, para que participen en el Segundo Ejercicio de Contaminación del Lago Titicaca, a realizarse en el Estrecho de Tiquina, Estado Plurinacional de Bolivia, los días 17 y 18 de noviembre de 2011; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Fragata SGC. Enrique Rolando Justiniano SANTA MARIA Oliva, CIP. 01863381, DNI. 21780066 y del Capitán de Corbeta SGC. Harry Raúl CHIARELLA Horna, CIP. 01801855, DNI. 43501023, para que participen en el Segundo Ejercicio de Contaminación del Lago Titicaca, a realizarse en el Estrecho de Tiquina, Estado Plurinacional de Bolivia, los días 17 y 18 de noviembre de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima – Juliaca – Lima US$. 342.00 x 1 persona Pasajes Terrestres: Juliaca – Tiquina (BOLIVIA) – Juliaca US$. 30.00 x 2 personas x 2 = US$. 120.00 Viáticos: US$. 200.00 x 2 días x 2 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- Los mencionados Oficiales, deberán cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 5º.- El Oficial Superior comisionado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.