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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (17/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de noviembre de 2011 453432 ACTIVIDAD 1.001725 : Mantenimiento y Recuperación de la Capacidad Operativa Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 1 241 104,00 ACTIVIDAD 1.078173 : Entrenamiento Militar Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 120 000,00 ACTIVIDAD 1.078511 : Operaciones Militares Gastos Corrientes 2.3 Bienes y Servicios 400 000,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 2 181 945,00 =========== Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Crédito Suplementario, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego habilitado solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego habilitado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos del Crédito Suplementario a que hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados. Artículo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de noviembre del año dos mil once OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 717571-1 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 a favor de los pliegos Ministerio de Cultura e Instituto del Mar del Perú – IMARPE DECRETO SUPREMO Nº 204-2011-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se aprueba el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para el Año Fiscal 2011, que comprende los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios, encontrándose entre ellos, el Pliego 003 Ministerio de Cultura y el Pliego 240 Instituto del Mar del Perú- IMARPE; Que, a través del Ofi cio N° 188-2011-DM/MC, la Ministra de Cultura solicita recursos adicionales por la suma de SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 7 500 000,00) destinados a garantizar la ejecución de las actividades planteadas por la actual gestión, relacionadas con las líneas de acción: Interculturalidad, Protección del Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y Arte; Que, de otro lado, el Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, mediante el Ofi cio N° PCD-300-341-2010-PRODUCE/IMP solicita el otorgamiento de recursos presupuestales por la suma de CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 422 900,00), con la fi nalidad de cubrir los costos adicionales del mantenimiento y reparación del proyecto “Remotorización y Modernización del Buque de Investigación Científi ca Humboldt”; Que, los requerimientos efectuados por el Ministerio de Cultura y el Instituto del Mar del Peru - IMARPE, no han sido considerados en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, aprobado por la Ley Nº 29626, y sus modifi catorias, por lo que se atenderán con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas hasta por la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 482 159,00); De conformidad con lo establecido por el artículo 45° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, hasta por la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 482 159,00) a favor del Pliego 003 Ministerio de Cultura para ser destinados a la ejecución de las actividades relacionadas con las líneas de acción: Interculturalidad, Protección del Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y Arte y del Pliego 240 Instituto del Mar del Perú - IMARPE para atender los costos adicionales de mantenimiento y reparación del proyecto “Remotorización y Modernización del Buque de Investigación Científi ca Humboldt”, conforme al siguiente detalle; DE LA: En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 1.000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 3 482 159,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 3 482 159,00 ========== A LA : En Nuevos Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 003 : Ministerio de Cultura UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCIÓN 21 : Cultura y Deporte PROGRAMA FUNCIONAL 045 : Cultura SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0099 : Patrimonio Histórico y Cultural