Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2011 (17/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO

NORMAS LEGALES
3 500,00 ---------------143 527,00 ========= (En Nuevos Soles)

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2011

: GOBIERNO CENTRAL 539 : U.N. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA UNIDAD EJECUTORA 001 : Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA de MORDAZA FUNCION 022 : Educacion PROGRAMA FUNCIONAL 048 : Educacion Superior SUB PROGRAMA FUNCIONAL 0109 : Educacion Superior Universitaria ACTIVIDAD 000199 : Desarrollo de la Educacion Universitaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.3 Bienes y Servicios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros TOTAL 60 412,00 79 615,00 3 500,00 ---------------143 527,00 =========

Establecen disposiciones aplicables a las Transferencias Financieras que realicen las Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional a favor de las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de las Municipalidades
RESOLUCION DIRECTORAL N° 030-2011-EF/52.03 MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, a efectos ir consolidando el MORDAZA de implementacion de la Cuenta Unica del Tesoro Publico, se ha determinado que las Transferencias Financieras que con cargo a diferentes MORDAZA de financiamiento realizan las Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional a favor de las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de las Municipalidades se vayan centralizando en la Cuenta Principal del Tesoro Publico, aplicando el procedimiento establecido en la Resolucion Directoral Nº 013-2008-EF/77.15; Estando a lo propuesto por la Direccion de Normatividad y de conformidad con los incisos a) y j) del articulo 6° de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesoreria, el numeral 2 del articulo 47° de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el articulo 18° del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, modificada por el Decreto Legislativo Nº 325 y el literal d) del articulo 101 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 223-2011-EF/43; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Las Unidades Ejecutoras de los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional que, de conformidad con la normatividad del Sistema Nacional de Presupuesto, requieran efectuar Transferencias Financieras a favor de las Unidades Ejecutoras de los Gobiernos Regionales y de las Municipalidades, deberan aplicar el procedimiento establecido en la Resolucion Directoral Nº 013-2008-EF/77.15, para cuyo efecto la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico comunicara a las entidades que corresponda las acciones a implementarse, atendiendo a las caracteristicas de las operaciones derivadas de las citadas transferencias. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico 716608-1

Articulo 2°.- Procedimiento para la aprobacion institucional 2.1 El Titular del Pliego Habilitador y Habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3°.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el articulo 1° del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de noviembre del ano dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 717571-3

INTERIOR
Autorizan viaje de personal policial a Colombia para ejecutar extradicion activa de procesada por presunta comision de delito contra la salud publica - trafico ilicito de drogas agravado
RESOLUCION SUPREMA N° 140-2011-IN MORDAZA, 16 de noviembre de 2011 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinion Nº 33 -2011DGPNP/INTERPOL-EM. del 3 de noviembre de 2011,

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