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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (17/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 17 de noviembre de 2011 453439 Dan por concluidas designaciones de funcionarios y encargan las funciones de Directora de Red de Salud de la Dirección de Red de Salud Barranco - Chorrillos -Surco de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 846-2011/MINSA Lima, 16 de noviembre del 2011 Visto el expediente Nº 11-078998-001, que contiene el Ofi cio N° 2657-2011-DG-DISA-II-LS/MINSA del Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 819-2007/ MINSA, de fecha 2 de octubre de 2007, se designó, entre otros, al señor Alfredo Palma Cueva, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Red de Salud Barranco – Chorrillos - Surco de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que, con Resolución Ministerial Nº 248-2010/MINSA, de fecha 6 de abril de 2010, se designó a la Médico Cirujano Doris Marcela Lituma Aguirre, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital “Maria Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 315-2011/ MINSA de fecha 25 de abril de 2011, se aprobó el Cuadro para Asignación de la Dirección de Red de Salud Barranco- Chorrillos-Surco de la Dirección de Salud II Lima Sur, en el cual se encuentra califi cado como cargo de confi anza, el cargo Director/a de Red de Salud; Que, estando a lo solicitado con el documento de visto, resulta necesario adoptar las acciones de personal pertinentes a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Dirección de Red de Salud de la Dirección de Salud II Lima Sur, del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la designación del señor Alfredo Palma Cueva en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección de Red de Salud Barranco – Chorrillos – Surco de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Dar por concluida la designación de la Médico Cirujano Doris Marcela Lituma Aguirre en el cargo de Directora Ejecutiva, Nivel F-4, de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- Encargar a la Médico Cirujano Doris Marcela Lituma Aguirre, las funciones de Directora de Red de Salud, Nivel F-4, de la Dirección de Red de Salud Barranco – Chorrillos – Surco de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, en tanto se designe al titular del cargo. Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 717470-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la distribución de recursos directamente recaudados a favor de diversos Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 038-2011-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29448 se regula la transferencia de recursos a favor de los Gobiernos Regionales, con la fi nalidad de apoyar el cumplimiento de las funciones que, en materia de telecomunicaciones, han sido transferidas a los citados gobiernos en el marco del proceso de descentralización; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 334- 2008-MTC/01, Nºs. 317, 332, 361, 371, 421, 426, 438, 499, 500, 518, 532, 669 y 906-2008-MTC/03, Nº 850-2009- MTC/01 y Nº 474-2011-MTC/03, se declararon concluidos los procesos de transferencia de las funciones sectoriales específi cas en materia de telecomunicaciones contenidas en el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a los Gobiernos Regionales de Junín, Moquegua, Ayacucho, Huánuco, San Martín, Ica, Puno, Piura, La Libertad, Lambayeque, Cajamarca, Huancavelica, Tacna, Madre de Dios, Amazonas, Pasco, Callao, Ancash, Tumbes, Loreto, Cusco, Apurímac, Arequipa, Ucayali y Lima; Que, en aplicación del artículo 2 de la Ley Nº 29448, se expidieron las Resoluciones Ministeriales Nºs. 842 y 866-2009-MTC/01, por las cuales se autorizaron transferencias fi nancieras del Pliego 036 - Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor de los Gobiernos Regionales mencionados anteriormente, excepto el Gobierno Regional de Lima, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, para apoyar el fortalecimiento de la gestión de las funciones que, en materia de telecomunicaciones, les han sido transferidas en el marco del proceso de descentralización; asimismo, para fi nanciar el mantenimiento de los equipos y/o redes, o sistemas de telecomunicaciones; Que, en las Resoluciones Ministeriales citadas en el considerando anterior, se consignaron los montos a favor de cada uno de los mencionados Gobiernos Regionales, en los rubros: Actividad 1078545 - Promoción y Regulación de los Servicios de Telecomunicaciones y Actividad 1000551 - Mantenimiento del Sistema de Comunicaciones; Que, la distribución de transferencia fi nanciera para el año fi scal 2009 a favor del Gobierno Regional de Ucayali, de acuerdo a la Resolución Ministerial Nº 866-2009- MTC/01, no pudo efectivizarse en dicho año respecto a la Actividad 1078545 - Promoción y Regulación de los Servicios de Telecomunicaciones; Que, la Disposición Complementaria y Transitoria Única de la Ley Nº 29448, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones puede modifi car, mediante decreto supremo, la distribución de los recursos públicos que capte, con el objeto de orientar un porcentaje de los mismos al apoyo de las funciones transferidas en el marco del proceso de descentralización a los gobiernos regionales; Que, de acuerdo con el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo No. 013-93-TCC, en concordancia con el Texto Único Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo No. 020-2007-MTC, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones percibe ingresos por concepto de derechos, tasas y canon vinculados a las autorizaciones y concesiones de los servicios de telecomunicaciones otorgados a los usuarios;