Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2011 (17/11/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 10

453424

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2011

del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa Ano Fiscal 2011, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 015-2011-DE/SG, de fecha 13 de enero de 2011 y sus modificatorias; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio de Personal MORDAZA, para que participe en la XII Reunion y Verificacion de Trabajo entre la Fuerza MORDAZA del Sur de la Armada Nacional de Colombia y la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, a realizarse en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2011; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Personal MORDAZA que se indica a continuacion, para que participe en la XII Reunion y Verificacion de Trabajo entre la Fuerza MORDAZA del Sur de la Armada Nacional de Colombia y la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, a realizarse en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2011:

Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 717571-10

Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, Estados Unidos de MORDAZA y del Estado Plurinacional de Bolivia
RESOLUCION MINISTERIAL N° 1141-2011-DE/SG MORDAZA, 16 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, con Facsimiles (DSD) Nº 751 de fecha 26 de octubre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa de Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA del programa del "XXV Viaje de Instruccion de MORDAZA MORDAZA de Brasil", personal militar de ese MORDAZA a bordo del Navio Escola Brasil, realizara diferentes actividades en el puerto del Callao; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifica la Ley Nro. 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso a territorio peruano, sin MORDAZA de MORDAZA, a personal militar de la Republica Federativa de Brasil, a bordo del Navio Escola Brasil, detallado en el Anexo que forma parte de la presente resolucion, para participar de diferentes actividades en el MORDAZA del "XXV Viaje de Instruccion de MORDAZA MORDAZA de Brasil", a realizarse en el puerto del Callao, del 17 al 20 de noviembre de 2011. Articulo 2º.- Disponer la publicacion del Anexo que forma parte de la presente Resolucion Ministerial, en el MORDAZA institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef. gob.pe) el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que

GRADO Capitan de Navio

NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

CIP.

DNI.

00810101 00103994 00959066 43314889 00952023 43564672

Capitan de Fragata MORDAZA LAUCIRICA Lizarzaburu MORDAZA Capitan de Fragata Bellatin

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: MORDAZA ­ Bogota (COLOMBIA) ­ MORDAZA US$. 1,633.56 x 3 personas = US$. 4,900.68 (Incluye TUUA) Viaticos: US$. 200.00 x 5 dias x 3 personas Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- Los mencionados Oficiales, deberan cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El Oficial Superior comisionado mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Ttitular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.