Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2011 (22/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 22 de noviembre de 2011

Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el articulo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o mas municipalidades, colindantes o no, con la finalidad de llevar a cabo la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras; promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el articulo 5°, senala que la inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personeria juridica de derecho publico a la mancomunidad municipal; Que, el articulo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitucion de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobandose el MORDAZA Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante la solicitud de Vistos, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Charcana, Presidente de la Mancomunidad Municipal Los Andes Sur MORDAZA MORDAZA ­ MANDESUR, solicita su inscripcion en el Registro de Mancomunidades Municipales. La Mancomunidad Municipal Los Andes Sur MORDAZA MORDAZA ­ MANDESUR, se encuentra integrada por las municipalidades distritales de MORDAZA, San MORDAZA de Ushua, y Corculla, ubicadas en la provincia de MORDAZA del MORDAZA MORDAZA, en el departamento de Ayacucho; y las municipalidades distritales de Tauria, Sayla y Charcana, ubicadas en la provincia de La Union, en el departamento de Arequipa; Que, el Informe Tecnico de Viabilidad de Vistos, presentado por la Mancomunidad Municipal Los Andes Sur MORDAZA MORDAZA ­ MANDESUR, reune el contenido minimo exigido por el Reglamento de Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto senala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Planificar la utilizacion racional del territorio, zonificandola tanto economica y ecosistemico, en base a la riqueza de las cuencas hidrograficas y sus recursos, b) Construccion y mejoramiento de infraestructura productiva MORDAZA y pequena industria que consolide las jurisdicciones de la mancomunidad desde el enfoque de la interdistritalidad, y c) Promocionar el desarrollo economico y social en base a las potencialidades del espacio territorial de la mancomunidad, con el fomento de la inversion publica y privada y que tenga efectos en la generacion y promocion del empleo local. Que, el Estatuto establece las funciones que las municipalidades integrantes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal: 1) Impulsar el diseno de un Plan Integral de Desarrollo Sostenible con enfoque de gestion territorial y de MORDAZA e implementarlos de acuerdo a los recursos disponibles y las necesidades de la actividad microempresarial del territorio de la mancomunidad municipal, 2) Planificar el desarrollo economico y social en MORDAZA con las politicas y planes de desarrollo, provincial, regional y nacional, con estrategias que impulsen el desarrollo de capacidades humanas orientadas a derrotar la pobreza, 3) Realizar apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en el territorio de la jurisdiccion de la mancomunidad, sobre informacion, capacitacion, acceso a mercados, tecnologia, financiamiento y otros MORDAZA a fin de mejorar la competitividad, 4) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de las obras de infraestructura que MORDAZA indispensables para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, la produccion, el comercio, el transporte y la comunicacion en los distritos, tales como vias, puentes, MORDAZA de irrigacion, y obras similares, en coordinacion con la municipalidad provincial respectiva y organismos regionales y nacionales competentes, 5) Concertar con instituciones del sector publico y privado del territorio y el ambito internacional, financiamiento y ejecucion de programas y proyectos de ayuda al desarrollo del territorio de la mancomunidad, 6) Brindar la informacion economica necesaria sobre la actividad empresarial en el territorio, en funcion de la informacion disponible, a las instancias distritales, provinciales, regionales y nacionales,

7) Promover la igualdad de oportunidades con enfoque de equidad de genero e inclusion social, 8) Promover el hermanamiento de la mancomunidad con otras mancomunidades del ambito del territorio y el extranjero, con el animo de intercambiar experiencias de procesos de desarrollo y fortalecimiento institucional, 9) Promover la cultura de la prevencion mediante la educacion para la preservacion del ambiente y mitigacion de desastres naturales, 10) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fin, en cooperacion con las entidades competentes, 11) Promover la educacion bilingue intercultural, como una estrategia de mejorar el nivel de rendimiento educativo infantil, recuperar y fortalecer la identidad linguistica ancestral e incentivar el habito de alimentacion con alimentos andinos en la lucha por la erradicacion de la desnutricion infantil en la mancomunidad, 12) Concertar con el sector publico y privado la elaboracion y ejecucion de programas de apoyo al desarrollo economico local sostenible en el espacio territorial, 13) Organizar, en coordinacion con los respectivos gobiernos municipales provinciales, regionales y nacional, instancias de coordinacion para promover el desarrollo economico y social local; aprovechando las ventajas comparativas de los corredores productivos, ecoturisticos y de biodiversidad, 14) Elaborar junto con las instancias correspondientes, evaluaciones de impacto de los programas y proyectos de desarrollo economico y social local, y 15) Promover, en coordinacion con el gobierno municipal provincial, regional y nacional, politicas agresivas orientadas a generar productividad y competitividad en las zonas rurales, asi como la elaboracion de mapas distritales sobre potenciales riquezas, con el proposito de generar puestos de trabajo y alentar el MORDAZA de migracion de retorno. Que, el Estatuto de la Mancomunidad Municipal Los Andes Sur MORDAZA MORDAZA ­ MANDESUR, contiene informacion sobre su domicilio, ambito territorial, organos directivos, recursos, plazo de duracion indefinida, disposiciones para garantizar la participacion ciudadana, condiciones para la adhesion y separacion de municipalidades, requisitos para su modificacion, y las reglas para la disposicion de bienes en caso de disolucion; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordo la constitucion de la Mancomunidad Municipal Los Andes Sur MORDAZA MORDAZA ­ MANDESUR, la aprobacion de su Estatuto y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las municipalidades distritales de Corculla, MORDAZA, San MORDAZA de Ushua, Sayla, Charcana y Tauria, aprueban la constitucion de la Mancomunidad Municipal Los Andes Sur MORDAZA MORDAZA ­ MANDESUR; ratificando el contenido del Acta de Constitucion y el Estatuto, y la designacion del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 044-2011­PCM/ SD-OGI-NCHL, en la elaboracion de los documentos presentados para la inscripcion del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el articulo 11º del Reglamento de la Ley y en el articulo 6° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emision de la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion, que dispone la inscripcion de la constitucion de la Mancomunidad Municipal Los Andes Sur MORDAZA MORDAZA ­ MANDESUR, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 0462010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Formalizacion de Inscripcion de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la Mancomunidad Municipal Los Andes

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