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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de noviembre de 2011 453680 Que, el Perú en su condición de “País Invitado de Honor”, podrá mostrar adicionalmente a su oferta editorial, diferentes manifestaciones culturales y artísticas tales como danzas, artesanía, gastronomía, cine y demás artes, lo cual constituye una manera efectiva de promover la imagen del Perú; Que, en tal sentido, resulta conveniente conformar un Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de organizar la presentación del Perú en la citada Feria Internacional; De conformidad con el artículo 35º de la Ley No. 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que en uso de la facultad conferida al Presidente de la República para dictar resoluciones, según el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitución Constituir el Grupo de Trabajo Multisectorial encargado de organizar la presentación del Perú como “País Invitado de Honor” en la “Feria Internacional del Libro de Quito” a llevarse a cabo entre el 25 de noviembre y el 4 de diciembre de 2011. El Grupo de Trabajo Multisectorial dependerá del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 2º.- Conformación del Grupo de Trabajo Multisectorial El Grupo de Trabajo Multisectorial estará conformado por los siguientes miembros: - Dos representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, uno de ellos lo presidirá; - Un representante del Ministerio de Cultura; - Un representante de PromPerú; - Un representante de la Biblioteca Nacional del Perú; y - Un representante de la Cámara Peruana del Libro. El Grupo de Trabajo, según lo estime conveniente, podrá invitar a participar en sus trabajos a todas las personas de los sectores público o privado que considere conveniente para el logro de sus fi nes. Artículo 3º.- Designación de los Representantes Las entidades públicas comunicarán, mediante ofi cio al Ministerio de Relaciones Exteriores los nombres de sus representantes conformantes del Grupo de Trabajo Multisectorial, dentro de los cinco (5) días hábiles de publicada la presente Resolución. En el caso del representante de la Cámara Peruana del Libro, la citada entidad podrá comunicar mediante carta, en el mismo plazo, el nombre de su representante. Artículo 4º.- Del Plazo El Grupo de Trabajo Multisectorial tendrá como plazo de vigencia la culminación de las actividades tendientes al cumplimiento de sus objetivos. Artículo 5º.- Gastos Cada pliego presupuestal asumirá los gastos que pudiere generar el ejercicio de las funciones de su representante; y, la Cámara Peruana del Libro asumirá los propios. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores, la Ministra de Cultura y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores RICARDO E. GIESECKE SARA LAFOSSE Ministro del Ambiente Encargado del Despacho del Ministerio de Cultura JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 719538-6 Reconocen Vicecónsul Honorario de España en Piura con circunscripción en los departamentos de Piura y Tumbes RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 425-2011-RE Lima, 21 de noviembre de 2011 Vista la Nota Nº 360, de fecha 03 de octubre de 2011, de la Embajada del Reino de España, mediante la cual solicita el reconocimiento del señor Pedro Arribas Otoya, como Vicecónsul Honorario de España en Piura; Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede el reconocimiento del señor Pedro Arribas Otoya, como Vicecónsul Honorario de España en Piura; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º, inciso 11 y 13, de la Constitución Política del Perú, así como en los artículos 9º, inciso 1), y 12º de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer al señor Pedro Arribas Otoya, como Vicecónsul Honorario de España en Piura, con circunscripción en los Departamentos de Piura y Tumbes. Artículo 2º.- Extenderle el Exequátur correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 719538-7 Delegan en Representante Permanente del Perú ante la Ogranización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura facultades para suscribir el “Acuerdo Sede entre la República del Perú y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) con respecto al Establecimiento de su Oficina en el Perú” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 426-2011-RE Lima, 21 de noviembre de 2011 Visto el Memorándum (DGM) Nº DGM1116/2011 de 07 de noviembre de 2011 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el “Acuerdo Sede entre la República del Perú y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) con respecto al Establecimiento de su Ofi cina en el Perú”; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357 de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE de 22 de mayo de 2007; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona del señor Embajador César Rolando Castillo Ramírez, Representante Permanente del Perú ante la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, las facultades sufi cientes para que suscriba el “Acuerdo Sede entre la República del Perú y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA) con respecto al Establecimiento de su Ofi cina en el Perú”;