Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2011 (22/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 22 de noviembre de 2011

ENERGIA Y MINAS
Aprueban transferencia parcial de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica que efectua Compania Minera Miski MORDAZA S.R.L. a favor de Consorcio Transmantaro S.A.
RESOLUCION SUPREMA Nº 094-2011-EM MORDAZA, 21 de noviembre de 2011 VISTO: El Expediente Nº 14161008 sobre concesion definitiva para desarrollar actividades de transmision de energia electrica, organizado por Compania Minera Miski MORDAZA S.R.L., y el Expediente N° 14161008-01 sobre la solicitud de transferencia parcial de la citada concesion, presentada por Consorcio Transmantaro S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 003-2009EM, publicada el 21 de enero de 2009, se otorgo a Compania Minera Miski MORDAZA S.A.C. concesion definitiva para desarrollar actividades de transmision de energia electrica, la misma que fue rectificada mediante Resolucion Suprema N° 031-2009-EM, publicada el 22 de MORDAZA de 2009; Que, con fecha 24 de marzo de 2010, Consorcio Transmantaro S.A. presento la solicitud de transferencia parcial de la concesion definitiva de transmision de energia electrica a que se refiere el considerando que antecede, respecto al Tramo 1 de la infraestructura de transmision electrica S.E. MORDAZA La MORDAZA (Derivacion) - S.E. Bayovar, con excepcion de la S.E. Bayovar; Que, mediante Oficio N° 435-2010/MEM-DGE, notificado a Consorcio Transmantaro S.A. el 20 de MORDAZA de 2010, se observo la solicitud a que se refiere el MORDAZA considerando de la presente resolucion, a fin de que proceda a subsanarla dentro de los diez (10) dias habiles contados a partir de la fecha de notificacion de dicho oficio; bajo apercibimiento de declarar inadmisible la citada solicitud, de acuerdo con los articulos 39° y 40° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que mediante Carta CS00102-10032266, presentada el 04 de junio de 2010 con Registro N° 1995797, Consorcio Transmantaro S.A. subsano la observacion planteada por esta Direccion General mediante el senalado Oficio N° 435-2010/MEM-DGE; Que, como sustento de su solicitud, presento Contrato de Cesion Parcial de Posicion Contractual, de fecha 29 de enero de 2010, a traves del cual Compania Minera Miski MORDAZA S.A.C. cedio parcialmente su posicion contractual a Consorcio Transmantaro S.A., mediante la transferencia del Tramo 1 de la infraestructura de transmision electrica S.E. MORDAZA La MORDAZA (Derivacion) - S.E. Bayovar, con excepcion de la S.E. Bayovar*; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 1436° del Codigo Civil, la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, estando a lo dispuesto por el articulo 1436° del Codigo Civil, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular del Tramo 1 de la infraestructura de transmision electrica S.E. La MORDAZA (Derivacion) - S.E. Bayovar, con excepcion de la S.E. Bayovar, a Consorcio Transmantaro S.A., la que debera elevar el Contrato de Cesion Parcial de Posicion Contractual a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de los Servicios Publicos, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 178-2011-DGE-DCE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la transferencia parcial de la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, respecto al Tramo 1 de la infraestructura de transmision electrica S.E. MORDAZA La MORDAZA (Derivacion) - S.E. Bayovar, con excepcion de la S.E. Bayovar, que efectua Compania Minera Miski MORDAZA S.R.L. a favor de Consorcio Transmantaro S.A. por las razones y fundamentos legales expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 321-2008-01, a ser suscrito por el Estado Peruano con Consorcio Transmantaro S.A., que consta de 18 Clausulas y 3 Anexos. Articulo 3°.- Tener como titular de la concesion mencionada en el articulo precedente a Consorcio Transmantaro S.A. a partir del dia siguiente de publicada la presente Resolucion Suprema. Articulo 4°.- Aprobar la primera modificacion al Contrato de Concesion N° 321-2008, como consecuencia de la transferencia parcial aprobada en el articulo 1° de la presente Resolucion, a fin de excluir como componente de la concesion a la Linea de Transmision S.E. MORDAZA La MORDAZA (Derivacion) S.E. Bayovar, con excepcion de la S.E. Bayovar, la misma que pertenece a la concesion de la Compania Minera Miski MORDAZA S.R.L. Articulo 5°.- Autorizar al Director General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas para que, en nombre del Estado, suscriba la Minuta del Contrato de Concesion N° 321-2008-01 y la Minuta de modificacion del Contrato de Concesion N° 321-2008, aprobadas en los articulos 2° y 4°, respectivamente, asi como las Escrituras Publicas correspondientes. Articulo 6°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera ser incorporado en la Escritura Publica del Contrato de Cesion Parcial de Posicion Contractual, mencionado en la parte considerativa de la presente Resolucion, asi como en las Escrituras Publicas que origine el Contrato de Concesion N° 321-2008-01 y la primera modificacion del Contrato de Concesion N° 3212008. Articulo 7°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada a los concesionarios dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 8°.- MORDAZA de la presente Resolucion Suprema sera notificada a la Compania Minera Miski MORDAZA S.R.L. y adjuntada a su Expediente N° 14161008. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas

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La transferencia del Tramo 1 no comprende la S.E. Bayovar, la misma que le pertenece a Compania Minera Miski MORDAZA S.R.L.

719538-4

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