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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de noviembre de 2011 453668 Sur Ayacucho Arequipa – MANDESUR; integrada por las municipalidades distritales de Oyolo, San José de Ushua, y Corculla, ubicadas en la provincia de Páucar del Sara Sara, en el departamento de Ayacucho; y las municipalidades distritales de Tauria, Sayla y Charcana, ubicadas en la provincia de La Unión, en el departamento de Arequipa, reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Los Andes Sur Ayacucho Arequipa – MANDESUR, como sigue: Presidente: Juvenal Ángel Llerena Pérez, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Charcana. Director: David Sixto Villanueva Mallma, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Corculla. Director: Agapito Donato Panuera Oscata, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Oyolo. Director: Percy Manuel Alatta Rubio, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San José de Ushua. Director: Juan Cancio Dávalos Dávalos, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sayla. Director: Pedro Pablo Anchante Luján, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Tauria. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que aprueban la Constitución de la Mancomunidad Municipal Los Andes Sur Ayacucho Arequipa – MANDESUR, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 5º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE Secretario de Descentralización 719460-1 Disponen inscripción de la “Mancomunidad Municipal Hermanos Ayar” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 563 -2011-PCM/SD Lima, 16 de noviembre de 2011. VISTOS: El Ofi cio N° 015-2011-MMHA/P; la Ordenanza Municipal Nº 007-2011-CCAPI de la Municipalidad Distrital Ccapi; la Ordenanza Municipal Nº 010-2011-MDH/P-C de la Municipalidad Distrital Huanoquite; la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-CM-MDP/P de la Municipalidad Distrital Paccaritambo; la Ordenanza Municipal Nº 008- 2011-MDY de la Municipalidad Distrital Yaurisque; el Acta de Adecuación de Constitución; el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Hermanos Ayar”; y el Informe Nº 111-2011–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010- PCM, establece que la inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal le otorga personería jurídica de derecho público a ésta; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 004-2009-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal Hermanos Ayar”, integrada por las Municipalidades Distritales de Ccapi, Huanoquite, Paccaritambo y Yaurisque, en la Provincia de Paruro, en el Departamento de Cusco; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 23°, establece el procedimiento de inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el señor Presidente de la “Mancomunidad Municipal Hermanos Ayar”, solicita la inscripción de la adecuación de constitución de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto modifi cado de la “Mancomunidad Municipal Hermanos Ayar” describe el siguiente objeto: a) Fomento de la inversión privada, la competitividad en la producción agropecuaria y el empleo, b) Promover y formar líderes especializados en desarrollo rural, c) Promoción de la participación vecinal en el desarrollo local, d) Construcción y mejoramiento de infraestructura vial y e) Ejecución de proyectos de irrigación, para fortalecer las unidades de producción agropecuaria; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Planifi car y concertar el desarrollo social en su circunscripción en armonía con las políticas y planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza, b) Ejecutar actividades de apoyo, directo e indirecto, a la actividad empresarial en su jurisdicción sobre información, capacitación, acceso a mercados, tecnología, fi nanciamiento y otros campos, a fi n de mejorar la competitividad, c) Promover los espacios de concertación con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción, para la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico con equidad, d) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, e) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846 y f) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 192-2009-EF. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes y b) Promover, facilitar y participar en los espacios de concertación y participación ciudadana para la planifi cación, gestión, y gestación de proyectos con criterios de equidad; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Hermanos Ayar”, contiene información sobre su domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la adecuación