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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (22/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de noviembre de 2011 453682 por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 00386: Conducción de Líneas de Política Institucional y Meta 33855: Participación en Organismos Internacionales, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apellidos DIF. Pasaje US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ José Antonio Meier Espinosa 2,823.41 200.00 3+1 800.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros; cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 719536-2 SALUD Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital “Hermilio Valdizán” de la Dirección de Salud IV Lima Este RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 853-2011/MINSA Lima, 18 de noviembre del 2011 Visto el Expediente N° 11-076853-001, que contiene el Ofi cio N° 560-DG-HHV-2011, del Director General del Hospital Hermilio Valdizán, de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 488-2010/ MINSA, de fecha 16 de junio de 2010, se designó al Médico Cirujano Augusto Wilfredo Díaz Falcón, en el cargo Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital “Hermilio Valdizán”, de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; Que, por convenir al servicio resulta necesario aceptar la renuncia presentada por el profesional antes mencionado; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público aprobado por el Decreto Legislativo N° 276, el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, y en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, con efi cacia anticipada al 17 de octubre de 2011, la renuncia formulada por el Médico Cirujano Augusto Wilfredo Díaz Falcón, al cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico del Hospital “Hermilio Valdizán” de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministeriode Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 719111-1 Disponen la prepublicación del proyecto de Reglamento del Residentado Odontológico en el portal de internet del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 856-2011/MINSA Lima, 18 de noviembre del 2011 Visto el Expediente N° 07-101057-002, que contiene la Nota Informativa N° 201-2011-DGGDRH-DG N° 156-DC/ MINSA, de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27878, Ley del Trabajo del Cirujano Dentista, se regula el ejercicio profesional del Cirujano Dentista, colegiado y habilitado en todas las dependencias del sector público, sector privado y en el ejercicio liberal de la profesión, en cuanto le resulte aplicable; Que, el artículo 11° de la precitada Ley dispone que el título de especialista se obtiene después de la realización del Residentado Estomatológico Universitario; Que, la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley del Trabajo del Cirujano Dentista, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2005-SA, dispone la creación de una Comisión encargada de proponer el Reglamento del Residentado Odontológico, la cual presentará al Ministerio de Salud la propuesta para su implementación; Que, en virtud de ello, mediante Resolución Ministerial N° 962-2005/MINSA, se creó la precitada Comisión, la cual fue modifi cada en cuanto a sus integrantes mediante Resoluciones Ministeriales N°s. 605-2007/MINSA y 136- 2008/MINSA; Que, con Acuerdo N° 050-2008-CRO, que consta en el Acta N° 21 de fecha 10 de noviembre de 2008, la Comisión antes mencionada aprobó la versión fi nal del proyecto de Reglamento del Residentado Odontológico; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos ha propuesto la prepublicación del proyecto de Reglamento del Residentado Odontológico; Que, en ese sentido, resulta necesaria la prepublicación del referido proyecto de Reglamento en el portal de internet del Ministerio de Salud, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos; Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones efectúe la prepublicación del proyecto de Reglamento del Residentado Odontológico, en el portal de internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/portada/docconsulta. asp, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días hábiles. Artículo 2°.- Encargar al Área de Formación de la Dirección de Gestión de Capacidades en Salud de la Dirección General de Gestión de Desarrollo de Recursos