Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2011 (22/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, martes 22 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

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Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos (US$ 100,00 x 3 dias) : US$ 300,00 Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el senor MORDAZA MORDAZA Edery Munoz, presentara a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no da derecho a liberacion o exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERU 719457-1

mundo; asi como, conocer su idiosincrasia y formas de operacion de sus unidades; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 5: Medidas de Confianza Mutua, Item 157, Anexo 1 (RO), mediante Resolucion Suprema Nº 252-2011-DE, de fecha 22 de junio de 2011, que modifica el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2011, aprobado con Resolucion Suprema N° 015-2011-DE/SG, del 13 de enero de 2011 y sus modificatorias; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0012011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley Nº 29626 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; SE RESUELVE:

DEFENSA
Autorizan viaje de personal de la MORDAZA de MORDAZA a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 556-2011-DE/MGP MORDAZA, 21 de noviembre de 2011 Visto el Oficio P.500-1818 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 27 de setiembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 4648-MD-CG-CARMASECAR-JINEN-DIEDU-29.25, de fecha 1 de MORDAZA de 2011, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado invitacion para que dos (2) efectivos del Personal Subalterno de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, participen en la visita Oficial a la Escuela de Formacion de SubOficiales de Infanteria de MORDAZA de la Armada Nacional de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de Covenas, Sucre - Republica de Colombia, durante el MORDAZA semestre del ano 2011; visita que se encuentra consignada en la XIV Reunion del Acuerdo de Asistencia Mutua suscrito con la Armada Nacional de Colombia, en el mes de setiembre de 2010; Que, mediante Oficio N° 0667-MD-CGFM-CARMASECAR-JINEN-DIEDU-60.4, de fecha 12 de setiembre de 2011, el Oficial de Planta A/B de la Direccion de Educacion de la Armada Nacional de Colombia, informa que la referida visita Oficial ha sido programado del 17 al 22 de octubre de 2011; Que, mediante Oficio N° 0723-MD-CG-CARMASECAR-JINEN-DIEDU-3, de fecha 29 de setiembre de 2011, el Oficial de Planta de la Direccion de Educacion MORDAZA, informa la variacion de fecha de inicio y termino de la mencionada visita Oficial, indicada en el considerando precedente; programandola a partir del 21 al 26 de noviembre de 2011; Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2011, la designacion y autorizacion de viaje de Personal Subalterno de la especialidad de Infanteria de MORDAZA, para que participen en la referida visita Oficial; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio de Personal MORDAZA, para que participe en la visita Oficial a la Escuela de Formacion de Sub-Oficiales de Infanteria de MORDAZA de la Armada Nacional de Colombia; la cual permitira incrementar los conocimientos y experiencias a adquirirse con SubOficiales y personal militar de diversas Armadas del

Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Tecnico 1º Ima. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 03744991, DNI. 43257065 y Oficial de Mar 1º Ima. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chong, CIP. 04932092, DNI. 44029435, para que participen en la visita Oficial a la Escuela de Formacion de Sub-Oficiales de Infanteria de MORDAZA de la Armada Nacional de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de Covenas, Sucre - Republica de Colombia, del 22 al 25 de noviembre de 2011. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA - Bogota - Monteria - (COLOMBIA) - MORDAZA US$. 1,031.10 x 2 personas (Incluye TUUA) = US$ 2,062.20 Pasajes Terrestres: Monteria - Covenas - Monteria - (COLOMBIA) US$. 30.00 x 2 dias x 2 personas = US$ 120.00 Viaticos: US$. 200.00 x 4 dias x 2 personas = US$ 1,600.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º y 2º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El citado Personal MORDAZA, debera cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El Tecnico comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 719538-3

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