Norma Legal Oficial del día 26 de noviembre del año 2011 (26/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 26 de noviembre de 2011

y cuando cancele o se encuentre al dia en el impuesto predial hasta el ultimo trimestre del periodo 2011. · Condonacion del 60% del monto insoluto para las deudas generadas por concepto de Arbitrios correspondiente a los periodos 2009 y 2010. Siempre y cuando cancele o se encuentre al dia en el impuesto predial hasta el ultimo trimestre del periodo 2011. De las Multas Tributarias: Las Multas Tributarias impuestas o generadas a los contribuyentes por haber incurrido en alguna infraccion tributaria establecida en el Codigo Tributario vigente, tendran el siguiente beneficio: · Condonacion del 100% la multa tributaria Para acogerse al Incentivo tributario es necesaria la cancelacion previa de las resoluciones de determinacion emitidas por el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del periodo o los periodos por el cual se ha generado la multa tributaria. De las deudas fraccionadas: Las deudas que se encuentren con convenio de fraccionamiento de pago se podran acoger a la presente Ordenanza condonandose el 100% de los intereses moratorios de las cuotas pendientes de pago, generado al vencimiento de la cuota de fraccionamiento y siempre en cuando pague el total de las cuotas vencidas. De las Multas Administrativas: · Condonacion del 100% de los Factores de Ajuste. · Condonacion de 70% del monto aplicado por Sanciones Administrativas generadas en periodos anteriores y hasta el 2008. · Condonacion del 60% del monto aplicado por Sanciones Administrativas generadas en el periodo 2009. · Condonacion del 40% del monto aplicado por Sanciones Administrativas generadas en el periodo 2010. · Condonacion del 30% del monto aplicado por Sanciones Administrativas generadas en el periodo 2011. No podran acogerse al Incentivo mencionado las multas administrativas que se han impuesto por infracciones a la moral y Orden publico (Linea de Accion 05 del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas aprobado por Ordenanza Nº 0174-2010-MDSJM), y aquellas infracciones similares establecidas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas CISA establecido por la Ordenanza Municipal Nº 0085-2008-MDSJM. Articulo 3º.- DEUDA EN COBRANZA COACTIVA Se podran acoger a la presente Ordenanza aquellos contribuyentes y/o administrados que mantengan deudas en MORDAZA de Cobranza Coactiva; por lo que, los contribuyentes que se acojan al presente Plan de Incentivo tributario y no tributario se les condonara ademas el 100% de costas y gastos generados por dicho procedimiento. Articulo 4º.DE LOS RECURSOS IMPUGNATORIOS. El acogimiento al presente Plan de Incentivos implica el desistimiento automatico de cualquier recurso impugnatorio en tramite, sea esta una reclamacion, apelacion, reconsideracion o MORDAZA contencioso administrativo segun sea el MORDAZA de obligacion que pudiera existir respecto de ellas. Del mismo modo el pago de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligacion por lo que el deudor no podra presentar posteriormente reclamo o recurso alguno respecto a ellas. Articulo 5º.- PAGOS ANTERIORES Los montos cancelados con anterioridad a la presente Ordenanza no seran pasibles de compensacion y/o devolucion.

Articulo 6º.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano" hasta el 20 de Diciembre del presente ejercicio fiscal 2011, vencido los plazos se actualizara la deuda y se generaran los intereses y reajustes correspondientes procediendose a ejecutar la cobranza del total de la deuda, conforme a las facultades establecidas en el Codigo Tributario. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Suspendase los efectos de las Ordenanzas Municipales y/o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza, durante su vigencia. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administracion, Gerencia de Desarrollo Social, asi como a las Unidades Organicas que las conforman, y Gerencia de Informatica el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaria General y Gerencia de Imagen Institucional la divulgacion y difusion de los beneficios tributarios. Tercera.Facultase al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias para la adecuacion y mejor aplicacion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 721315-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Modifican la R.A. Nº 734-2003-AL/ MDSMP sobre independizacion de area , de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 339-2011/MDSMP San MORDAZA de Porres, 4 de octubre del 2011 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA DE PORRES: VISTO: Los Expedientes Nºs. 47912-2009 y 510222010, promovidos por la Asociacion de Vivienda El Mirador, sobre modificacion de resolucion de alcaldia que aprueba la independizacion de area de terreno; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 734-2003AL/MDSMP (14.OCTUBRE.2003), articulo Primero, se aprueba la independizacion del Lote "A" que forma parte de la parcela signada como Unidad Catastral Nº 10627, inscrita en la Partida Nº 46243684 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, quedando independizada como Sublote Nº A-2 con un area de 15,000 m2, Sublote A-1 con un area de 9,434.83 m2 y Sublote Nº A-3 con un area de 6,565.17 m2, de conformidad con el Plano de Independizacion Nº 029-2002-DUC-DPHU/MDSMP y su respectiva Memoria Descriptiva; Que, mediante Expedientes de Visto, la Asociacion de Vivienda El Mirador solicita la modificacion del area de terreno cuya independizacion se aprobo mediante la resolucion referida en el considerando precedente, adjuntando nuevos planos y Memoria Descriptiva e indicando en ellos que el area correcta a independizar es de 17,550.73 m2; Que, el area tecnica ha evaluado los actuados comprobando que la Oficina Nacional de Registros Publicos ha emitido la Ficha Registral N° 307207 en la que se aprecian errores materiales en la asignacion

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