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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 26 de noviembre de 2011 453917 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONCEJO Nº 1031 Mediante Ofi cio Nº 717-2011-MML-SGC, la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Concejo Nº 1031, publicada en nuestra edición del día 24 de noviembre de 2011. DICE: Artículo Primero.- Autorizar en el marco ... (...) - Susana Villarán de la Puente, Alcaldesa Metropolitana de Lima - del 5 al 11-11 - Pablo Secada Elguera, Regidor Metropolitano de Lima - del 5 al 10-11 - José Miguel Castro Gutiérrez, Gerente de Finanzas - del 5 al 10-11 - Diego Ferré Murguía, Gerente de Promoción de la Inversión Privada del 5-10-11 y - Micaela Reátegui Amat y León, Asistente del Despacho de Alcaldía del 5 al 11-11 (...) DEBE DECIR: Artículo Primero.- Autorizar en el marco ... (...) - Susana Villarán de la Puente, Alcaldesa Metropolitana de Lima - del 5 al 11 de diciembre del 2011 - Pablo Secada Elguera, Regidor Metropolitano de Lima - del 5 al 10 de diciembre del 2011 - José Miguel Castro Gutiérrez, Gerente de Finanzas - del 5 al 10 de diciembre del 2011 - Diego Ferré Murguía, Gerente de Promoción de la Inversión Privada del 5-10 de diciembre del 2011 y, - Micaela Reátegui Amat y León, Asistente del Despacho de Alcaldía del 5 al 11 de diciembre del 2011 (...) 720964-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Reglamento de Gradualidad de Sanciones Administrativas DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2011-ALC-MDL Lince, 23 de noviembre del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE: VISTOS: El Informe Nº 401-2011-MDL-GSC/SFCA, de la Subgerencia de Fiscalización y Control Administrativo, y el Informe Nº 793-2011-MDL/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 46º, que las normas municipales son de cumplimiento obligatorio y su contravención acarrea la imposición de sanciones. Las Ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas estableciendo la escala de multas en función a la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; Que, la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en su artículo 230º, que la potestad sancionadora se rige por principios especiales, entre los cuales se encuentran los de Razonabilidad y Tipicidad; Que, el Principio de Razonabilidad, establecido en el numeral 3 del artículo 230º de la Ley Nº 27444, determina que las autoridades deben prever que la comisión de la conducta sancionable no resulte más ventajosa para el infractor que cumplir las normas infringidas o asumir la sanción, determinado criterios para su la aplicación; Que, por el Principio de Tipicidad, establecido en el numeral 4 del artículo 230º de la Ley Nº 27444, sólo constituyen conductas sancionables administrativamente las infracciones previstas expresamente en normas con rango de ley mediante su tipifi cación como tales, sin admitir interpretación extensiva o analogía. Prescribiendo además, que mediante disposiciones reglamentarias de desarrollo se pueden especifi car o graduar aquellas dirigidas a identifi car las conductas o determinar sanciones, sin constituir nuevas conductas sancionables a las previstas legalmente; Que, mediante la Ordenanza Nº 215-MDL, se aprobó la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Lince, la misma que ha sufrido diversas modifi caciones e incorporaciones e su tipifi cación; Que, la Ordenanza Nº 214-MDL, que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas, establece en su Sexta Disposición Transitoria y Final que el Alcalde se encuentra facultado para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para su adecuada aplicación; Que, tal como establece el artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas; Que, en ese contexto, resulta necesario aprobar un dispositivo reglamentario que establezca criterios de gradualidad en la aplicación de sanciones administrativas; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el numeral 6) del artículo 20 de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el REGLAMENTO DE GRADUALIDAD DE SANCIONES ADMINISTRATIVAS, cuyo texto forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a través, de la Subgerencia de Fiscalización y Control Administrativo, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; y a la Secretaria General su correspondiente publicación. Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. El texto del Reglamento de Gradualidad de Sanciones Administrativas será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Lince (www.munilince. gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTÍN PRINCIPE LAINES Alcalde 720783-1