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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (01/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de octubre de 2011 450926 reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 enero de 2004 y sus modi fi catorias. Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4°.- El referido O fi cial Superior, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 5°.- El O fi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6°.- El mencionado O fi cial Superior, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a la exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros DANIEL MORA ZEVALLOS Ministro de Defensa 698159-11 Autorizan viaje de personal militar a Brasil para participar en el Curso de Pasantía en Hepatología RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 407-2011-DE/EP Lima, 30 de septiembre de 2011VISTO:La Hoja de Recomendación Nº 042/U-4.d.2 del 18 de mayo de 2011 del Comando de Educación y Doctrina del Ejército, aprobado por el Señor General de Ejército Comandante General del Ejército, el 09 de junio de 2011. CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el Ejército del Perú ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2011, la designación de un (01) O fi cial Superior para que participe como alumno invitado del Curso de Pasantía en Hepatología, en la ciudad de Sao Paulo - Brasil, ya que responde a la necesidad de contar con O fi ciales especialistas que desarrollen y demuestren aptitudes y actitudes que lo capaciten para tratar en forma e fi ciente al personal de la institución, Asimismo, es importante la participación en este tipo de cursos donde se alterna conocimientos con personal con experiencia y se adquiera nuevos avances de países desarrollados; Que, mediante el documento del visto se aprueba la recomendación de viaje al exterior en Misión de Estudios al Teniente Coronel EP NIÑO DE GUZMÁN SALGADO Ángel Alberto, para participar como alumno invitado en el Curso de Pasantía en Hepatología, en la ciudad de Sao Paulo - Brasil, del 01 de octubre al 31 de diciembre de 2011, por cuanto la experiencia adquirida redundará en el aseguramiento del servicio de Salud de nuestro personal de la institución; Que, el citado viaje en Misión de Estudios se encuentra considerado en el Rubro 2 .- Entrenamiento/Técnico/Pasantías, Ítem Nº 1, del Anexo 01 del Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa AF 2011, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 015-2011-DE/SG del 13 de enero de 2011; Que, de conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 “Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas”, modi fi cado por Ley Nº 29598, el O fi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo artículo, y conforme al reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2010 DE, del 20 de noviembre 2010; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, en su artículo 1º inciso A) numeral 3, determina que las autorizaciones de viajes al extranjero que irroguen gastos al Estado, del Personal Militar y Civil serán aprobadas por Resolución Suprema; Que, de conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias; y, Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en Misión de Estudios al señor Teniente Coronel EP NIÑO DE GUZMÁN SALGADO Ángel Alberto, identi fi cado con DNI Nº 08099873 y CIP Nº 121122600, para participar como alumno invitado en el Curso de Pasantía en Hepatología, en la ciudad de Sao Paulo - Brasil, del 01 de octubre al 31 de diciembre de 2011. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje aéreo: Lima - Sao Paulo - Lima (Clase económica) US $ 1031.00 X 01 persona (Incluye TUUA) Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará el pago de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, que corresponda de acuerdo a la modalidad de la misión, por días reales y efectivos, de servicios en el exterior, de conformidad con el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG, de fecha 26 de enero del 2004 y sus modi fi catorias. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días