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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 1 de octubre de 2011 450941 meses contados a partir de la vigencia de la presente Resolución. A la falta de ejecución de las obras de ampliación de acuerdo con el Cronograma de Ejecución, quedará sin efecto la modi fi cación a que hace referencia el artículo precedente. Artículo 3º.- Quedan subsistentes todos los derechos y obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el cumplimiento de la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, la Resolución Ministerial N° 224-2005-EM/DM, la Resolución Ministerial Nº 167-2006-MEM/DM, y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario O fi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición, y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO E. GIESECKE SARA LAFOSSE Ministro del AmbienteEncargado del Despacho delMinisterio de Energía y Minas 691565-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la PNP a España, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 120-2011-IN Lima, 30 de septiembre de 2011VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 25-2011- DGPNP/INTERPOL - EM. del 13 de setiembre de 2011, suscrita por el Director Ejecutivo de la O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, mediante la cual recomendó la autorización de viaje al extranjero en comisión del servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú Néstor Aquiles SANTANDER HIDALGO HIDALGO y de la Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Giuliana Cecilia ALVARADO MESARINA, a la ciudad de Madrid - Reino de España, del 4 al 10 de octubre de 2011. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 199-2010- JUS del 21 de octubre de 2010, se resolvió acceder al pedido de extradición activa del procesado Héctor Enrique REQUEJO MANCILLA, formulado por la Sala Penal Superior Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión de los Delitos contra la Administración Pública - Peculado y contra la Fe Pública - Falsi fi cación de Documentos, en agravio de la Municipalidad de Puente Piedra y el Estado peruano; y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje NRF: EXPTE EEG2/16617/ MS/81533/8 MUY URGENTE del 5 de setiembre de 2011, la O fi cina Central Nacional INTERPOL - Madrid - Reino de España, hizo de conocimiento a la O fi cina Central Nacional - INTERPOL - Lima - Perú, que las autoridades Españolas han autorizado la extradición activa del procesado Héctor Enrique REQUEJO MANCILLA; en ese sentido solicitaron designar a los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde el Reino de España hacia nuestro país; Que, con Memorándum Múltiple Nº 425-2011- DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 16 de setiembre de 2011, el General de Policía, Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de Resolución Suprema de viaje al extranjero en comisión del servicio del Comandante de la Policía Nacional del Perú Néstor Aquiles SANTANDER HIDALGO HIDALGO y de la Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Giuliana Cecilia ALVARADO MESARINA, a la ciudad de Madrid - Reino de España, del 4 al 10 de octubre de 2011, a fi n de que ejecuten la extradición activa del procesado Héctor Enrique REQUEJO MANCILLA, solicitado por la autoridad judicial antes mencionada, por la presunta comisión de los Delitos contra la Administración Pública - Peculado y contra la Fe Pública - Falsi fi cación de Documentos, en agravio de la Municipalidad de Puente Piedra y el Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 - Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, mediante O fi cio Nº 2151-2011-DIRECFIN- PNP/DIVDyB-DEPADM-CS. del 16 de setiembre de 2011, la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, remitió a la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 123-2011-DIRECFIN-DIVDyB-DEPADM-CS. del 16 de setiembre de 2011, referido al Proyecto de Liquidación por Comisión del Servicio en el Extranjero del 4 al 10 de octubre de 2011; el cual cuenta con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000009 del 16 de setiembre de 2011 suscrito por la División de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, mediante O fi cio Nº 1583-2011-DIRECFIN- PNP/DIVPRE del 16 de setiembre de 2011, justi fi ca el monto por la suma ascendente a S/. 9,937.20 (Nueve Mil Novecientos Treinta y Siete con 20/100 Nuevos Soles) de la certi fi cación especí fi ca, estableciendo que efectuado los cálculos, se atenderá lo solicitado con la Especí fi ca del Gasto 2.3.21.12 Viáticos y Asignaciones por comisión de servicio Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, por comisión del servicio a la ciudad de Madrid - Reino de España, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Néstor Aquiles SANTANDER HIDALGO HIDALGO y de la Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Giuliana Cecilia ALVARADO MESARINA, a fi n de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial antes mencionada; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueba las Normas Reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la Resolución de Autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, el inciso 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29626 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, referido a las medidas en materia de bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los titulares de los Organismos Constitucionalmente Autónomos y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se re fi ere la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos