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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (11/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de octubre de 2011 451457 de identidad (DNI) deberá contener, entre otros datos, la declaración voluntaria del titular de sufrir discapacidad permanente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el inciso h) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC aprobado mediante Resolución Jefatural N° 855-2010/ JNAC/RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Gerencia de Informática adecue en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales (RUIPN), la condición de discapacidad de las personas en atención a las variables de discapacidad mental, discapacidad intelectual, discapacidad física y discapacidad sensorial. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Registros de Identifi cación, en coordinación con la Gerencia de Informática, suprima en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales (RUIPN), la restricción que impide que los ciudadanos con discapacidad mental o intelectual que no cuentan con una resolución judicial de interdicción, sean considerados en el Padrón Electoral. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia de Registros de Identifi cación emita nuevos documentos nacionales de identidad (DNI) de todos aquellos ciudadanos comprendidos en el artículo anterior, en los que se incluya el dato del GRUPO DE VOTACIÓN. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Operaciones Registrales y la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social implementen los procedimientos a que se refi ere el artículo anterior, gratuitamente y en forma domiciliaria; debiendo tomar la declaración sobre la voluntad de los titulares de consignarse o no el dato de su discapacidad en el Padrón Electoral y en el documento nacional de identidad, conforme al formato que para dicho efecto apruebe la Gerencia de Operaciones Registrales. Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia de Operaciones Registrales a través de la Sub Gerencia de Actividades Electorales efectúe las coordinaciones necesarias con el Jurado Nacional de Elecciones y la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales para conformar una Mesa de Trabajo a la cual se invite a la Defensoría del Pueblo, la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad del Congreso de la República y al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS; que permita encontrar soluciones a nivel administrativo ante las cargas que puede generar en las personas con discapacidad mental o intelectual su eventual imposibilidad de ejercer el sufragio. Artículo Sexto.- Disponer que la inscripción y trámites sucesivos en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales (RUIPN), de los mayores de edad que presenten discapacidad, sea cual fuere su naturaleza, podrán efectuarlas los interesados de manera personal y directa u opcionalmente asistidos por quien ejerza su cuidado. Esta disposición deberá incluirse en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA. Artículo Sétimo.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 035-2001-JEF/RENIEC; así como todas aquellas disposiciones que se opongan a lo dispuesto a través de la presente resolución jefatural. Artículo Octavo.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente resolución jefatural, serán afectados con cargo a los Recursos Presupuestarios del Pliego 033: RENIEC con que cuenta la institución para el presente año fi scal. Artículo Noveno.- Disponer que la Gerencia de Imagen Institucional se encargue de la adecuada difusión de los alcances de la presente resolución jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 701820-2 MINISTERIO PUBLICO Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1970-2011-MP-FN Lima, 10 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Fiscal Adjunto Provincial de la Fiscalía Provincial Mixta de Ate - Vitarte del Distrito Judicial de Lima y debe cubrirse provisionalmente dicho cargo; Que, mediante ofi cio N° 269-2011, remitido por la Fiscal Superior de la Fiscalía Superior Mixta de Lima Este, en el cual propone el nombramiento del Fiscal en la plaza vacante y previa verifi cación de los requisitos de ley; Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR a la doctora RITA ROJAS DALGUERRI, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Ate - Vitarte, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 701755-1 Dan por concluida designación de Fiscal Superior Titular Penal de Lima Norte, Distrito Judicial de Lima Norte RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1971-2011-MP-FN Lima, 10 de octubre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 1697-2011-P-CNM, de fecha 05 de octubre del 2011, la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura, remitió las Resoluciones Nº 076-2011- PCNM y Nº 508-2011-PCNM, de fechas 14 de enero y 24 de agosto del 2011, respectivamente, expedidas por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, mediante la Resolución Nº 076-2011-PCNM, se resolvió no renovar la confi anza al doctor ALEJANDRO JULIO REYES YABAR, y en consecuencia, no ratifi carlo en el cargo de Fiscal Superior Titular Penal de Lima Norte en el Distrito Judicial de Lima Norte; Que, asimismo por Resolución Nº 508-2011-PCNM, se resolvió declarar infundado el recurso extraordinario interpuesto por el doctor ALEJANDRO JULIO REYES YABAR, contra la Resolución Nº 076-2011-PCNM, disponiéndose la ejecución inmediata de la resolución de no ratifi cación; por lo que se hace necesario dar por concluida su designación en el Despacho que venía ocupando; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;