Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2011 (11/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, martes 11 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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orden a ello, la sancion aplicada por una entidad publica a un ex ­ servidor, puede ser ejecutada en una entidad distinta, siendo por ello valida la recomendacion efectuada por la CEPAD en este extremo; Que, finalmente la Ley Nº 27444 establece en su articulo 6º, numeral 6.3, que el acto administrativo "puede motivarse mediante la declaracion de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictamenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condicion de que se les identifique de modo certero, y que por esta situacion constituyan parte integrante del respectivo acto". Con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Legal en senal de conformidad y de acuerdo a los fundamentos y conclusiones presentadas por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a traves de su Informe Nº 001-2011-BNP-CEPAD. RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR que existe responsabilidad en la senora Sheyla Rosalilia MORDAZA MORDAZA, por la faltas tipificadas como "incumplimiento de las normas establecidas en el Reglamento Interno" y "negligencia en el desempeno de las funciones", establecidas en los incisos a) y h), del articulo 68º del Reglamento Interno de la BNP, en concordancia con el articulo 28º, incisos a) y d), del Decreto Legislativo Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por las irregularidades detectadas a partir del hallazgo de documentos de valor historico (correspondencia de MORDAZA MORDAZA Caceres), en la azotea de la Biblioteca Publica de MORDAZA, sede Avenida Abancay, producido el 15 de setiembre de 2010, de conformidad con el analisis, los fundamentos y las conclusiones del Informe Nº 0012011-BNP-CEPAD emitido por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- IMPONER a la senora Sheyla Rosalilia MORDAZA MORDAZA, sancion de cese temporal sin goce de haber por tres (03) meses. Articulo Tercero.- DISPONER la inscripcion de la sancion impuesta, en el legajo personal de la senora Sheyla Rosalilia MORDAZA MORDAZA, para lo cual debera remitirse a la Oficina de Administracion una MORDAZA de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, cautelar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion, asi como su notificacion a la interesada. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PINILLA Director Nacional Biblioteca Nacional del Peru 701781-1

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Delegan facultades al Jefe Adjunto del Seguro Integral de Salud
RESOLUCION JEFATURAL Nº 147-2011/SIS MORDAZA, 10 de octubre de 2011. VISTOS: El Informe Nº 190-2011/SIS-OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 341-2011-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el numeral 1.2.1 del articulo 1º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, senala que los actos de administracion interna de las entidades, son regulados por cada entidad, con sujecion a las disposiciones del Titulo Preliminar de dicha Ley y de aquellas normas que expresamente asi lo establezcan;

Que, el Seguro Integral de Salud (SIS) es un Organismo Publico Ejecutor del Ministerio de Salud, creado por Ley Nº 27657 Ley del Ministerio de Salud, calificado como tal mediante Decreto Supremo Nº 0342008-PCM de acuerdo a lo dispuesto por Ley Nº 29158 y definido en el articulo 7º de la Ley Nº 29344 ­ Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, como una Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), encargada de administrar los fondos destinados al financiamiento de prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus afiliados; Que, el articulo 13º del Reglamento de la Ley del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud, debe disenar, redisenar y mejorar continuamente los procesos del SIS; Que, la Setima Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA, establece que en un plazo que no sera mayor a dos (2) anos, contados desde la vigencia del presente Reglamento, el Seguro Integral de Salud debera adecuar su organizacion interna y funcionamiento a los de una Institucion Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud ­IAFAS; Que, mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud (SIS), el cual define la nueva estructura organica y especifica las funciones generales de sus organos, prescribiendo en su articulo 10º que la Jefatura es el organo de la Alta Direccion de mas alta jerarquia en el Seguro Integral de Salud, responsable de aprobar la politica Institucional y supervisar su aplicacion, en MORDAZA con la politica general del Sector Salud y del Sector Publico; Que, el numeral 11.12 del articulo 11º del precitado Reglamento, senala que corresponde al Jefe del SIS la capacidad de delegar en un Jefe Adjunto, parte de las funciones asignadas, incluyendo el reemplazo por encargo, en los casos de impedimento o ausencia, con las mismas atribuciones y responsabilidades; asimismo, el numeral 11.13 del articulo 11º del referido dispositivo legal, establece que el Jefe del SIS puede delegar las funciones no privativas de su cargo cuando lo considere conveniente, otorgando los poderes necesarios, dentro de los limites que establezca la Ley; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 117-2011/SIS de fecha 9 de agosto de 2011, se aprueba la adecuacion y reordenamiento del cargo contenido en el Cuadro para Asignacion de Personal ­ CAP del Seguro Integral de Salud ­ SIS, aprobado por Resolucion Suprema Nº 0262002-SA, en relacion al CAP 004, que establece el cargo de Jefe Adjunto; Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestion administrativa que permita al Seguro Integral de Salud, cumplir con las funciones y competencias senaladas en el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, resulta pertinente delegar en el Jefe Adjunto determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Jefe Adjunto del Seguro Integral de Salud, las siguientes facultades: a) Planear, organizar, dirigir y controlar las actividades de los organos de linea y desconcentrados. b) Aprobar los Estados Financieros, la Memoria Anual, los planes de la institucion, asi como los documentos tecnico normativo de gestion institucional. c) Aprobar las normas, directivas, procedimientos y actividades que posibiliten el cumplimiento de los objetivos institucionales. d) Resolver en MORDAZA instancia administrativa ante los reclamos presentados por los asegurados, las IPRESS y las IAFAS contra los actos del SIS.

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