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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (11/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 11 de octubre de 2011 451446 e) Aprobar y suscribir actos, contratos y convenios con entidades públicas, privadas o mixtas, relacionadas con el desarrollo del SIS y el cumplimiento de sus fi nes. f) Suscribir en representación del SIS la documentación requerida y necesaria para la coordinación, supervisión y evaluación del funcionamiento y ejecución de los Órganos Desconcentrados del Seguro Integral de Salud a nivel nacional. g) Supervisar el funcionamiento del SIS y velar por el cumplimiento de las políticas y estrategias vinculadas al proceso del AUS. h) Monitorear el Planeamiento Estratégico y Operativo del SIS, a través de los reportes que formule la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; i) Monitorear permanentemente los indicadores de los diversos procesos principales o sustantivos del SIS. j) Impulsar los mecanismos de protección al asegurado y ciudadanos en general. k) Revisar para consideración del Jefe del SIS las propuestas de normas sobre el AUS necesarios para el cumplimiento de los fi nes y atribuciones del SIS. l) Aprobar y evaluar los planes, programas y gestión de la supervisión, a los Órganos del SIS, y a la IPRESS a nivel nacional, con la cuales mantenga Convenios o Contratos para la prestación de servicios de salud, para una adecuada asignación de recursos, seguimiento y evaluación de resultados e impacto en benefi cio del asegurado y del desarrollo del AUS. m) Realizar las coordinaciones interinstitucionales necesarias para el cumplimiento de las funciones del SIS. n) Aprobar mediante las bases de Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa Pública y Adjudicación Directa Selectiva. o) Cancelar parcial o totalmente los procesos de selección, en cualquier estado del proceso, hasta antes del otorgamiento de la buena pro, por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad el presupuesto asignado tenga que destinarse a otro propósito de emergencia declarados expresamente. p) Resolver los recursos de apelación que se deriven de los procesos de selección contemplados en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. q) Gestionar y tramitar las autorizaciones, comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y todo acto vinculado a los procesos de selección y a las contrataciones del SIS que deban realizarse ante el OSCE, PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República. r) Aprobar las licencias solicitadas por los trabajadores y funcionarios del SIS. s) Aprobar las liquidaciones de benefi cios sociales de los trabajadores del SIS. t) Aprobar los desplazamientos del personal, con excepción de las encargaturas y las designaciones del personal de confi anza. u) Expedir las Resoluciones que le correspondan en cumplimiento de las funciones delegadas por el Jefe del SIS y las demás que por norma legal se establezcan. v) Ejecutar las demás funciones inherentes al ámbito de la competencia encomendada y las que le delegue o encargue expresamente el Jefe del SIS. Artículo 2º.- La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se refi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 3º.- En caso de ausencia del Titular de la Entidad, el Jefe Adjunto asumirá las funciones de Jefe Institucional del SIS con las mismas atribuciones y responsabilidades. Artículo 4º.- Encargar a la Secretaría General, publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web del portal del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO HUARACHI QUINTANILLA Jefe del Seguro Integral de Salud 701758-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban el reordenamiento de cargos en el Cuadro para Asignación de Personal de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 239-2011/SUNAT Lima, 10 de octubre de 2011 VISTO: El Informe N.° 022-2011-2C3100 emitido por la División de Organización y Procesos de la Gerencia de Planeamiento, Control de Gestión y Convenios de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento; así como en lo señalado por la Gerencia Financiera de la Intendencia Nacional de Administración y la Gerencia de Desarrollo de Personal de la Intendencia Nacional de Recursos Humanos, conforme se aprecia en los seguimientos del Memorándum Electrónico N° 00069-2011-2C3100; CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo N° 115-2002-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la SUNAT, el cual establece su estructura orgánica, así como sus funciones generales y específi cas, y de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas; Que a través de la Resolución de Superintendencia N° 190-2002/SUNAT y modifi catorias, se crea dentro de la estructura organizacional de la SUNAT, unidades jerárquicamente dependientes de las unidades organizacionales a que se refi ere el ROF de esta Entidad; Que con la Resolución Suprema N° 071-2004-EF se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal de la SUNAT, el cual ha sido modifi cado y actualizado por las Resoluciones Supremas Nºs. 100-2007-EF, 105-2008-EF, 139-2010-EF, y Resoluciones de Superintendencia Nºs. 054-2011/SUNAT, 055-2011/SUNAT y 165-2011/SUNAT; Que de acuerdo con lo señalado en el artículo 13° de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, el reordenamiento de cargos contenido en el CAP que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incida en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal – PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP, pudiendo aprobarse dicho reordenamiento de cargos por resolución del Titular de la Entidad; Que el artículo 9° de los citados Lineamientos, señala que los cargos contenidos en el CAP son clasifi cados y aprobados por la propia Entidad; Que con Informe N° 022-2011-2C3100 la División de Organización y Procesos de la Gerencia de Planeamiento, Control de Gestión y Convenios de la Intendencia Nacional de Estudios Tributarios y Planeamiento, propone suprimir un (1) cargo de Asesor de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, y a su vez crear un (1) cargo de Asesor de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, pues señala que con esta modifi cación se podrá agilizar la toma de medidas estratégicas con la fi nalidad de implementar decisiones que permitan contribuir con la efi ciencia de la gestión institucional; Que asimismo, la citada División señala que por las características y el perfi l necesario que requiere el cargo de Jefe de la Ofi cina de Seguridad de la Intendencia Nacional de Administración, se hace necesario clasifi carlo como Empleado de Confi anza; precisando además que procede esta modifi cación, toda vez que los cargos de confi anza en la Entidad se encuentran dentro del marco del 5% establecido en el numeral 2 del artículo 4° de la Ley Marco del Empleo Público;