Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2011 (27/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

452311

CONSIDERANDO: Que, el Comandante de Infanteria de MORDAZA de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado invitacion para que dos (2) efectivos del Personal Subalterno de esta Institucion Armada, de la Especialidad Infanteria de MORDAZA, participen en el Curso de Instructor Basico de Infanteria de MORDAZA, a realizarse en la Base de Entrenamiento de Infanteria de MORDAZA, MORDAZA de Covenas, Republica de Colombia, del 26 de octubre al 10 de diciembre de 2011; Que, la designacion de Personal MORDAZA para que participe en el referido curso, responde a la necesidad de capacitar al personal de la especialidad MORDAZA de MORDAZA en instituciones extranjeras, con el fin de obtener mayores conocimientos y experiencias, ya que el programa Instructor Basico encamina el esfuerzo hacia la excelencia de los procesos, motivando a los alumnos a la investigacion, desarrollo de competencias basicas del aprendizaje y habilidades del pensamiento critico, que permita a los Suboficiales liderar el entrenamiento de los jovenes que se preparan en las diferentes Escuelas de Formacion, elevando su nivel profesional para que posteriormente MORDAZA aplicados en provecho de la Institucion; Que, el citado viaje esta incluido en el Rubro 1: Formacion/ Calificacion/ Especializacion, Item 76, Anexo 1 (RO), mediante Resolucion Suprema Nº 385-2011-DE, de fecha 15 de setiembre de 2011, que modifica el Plan Anual de Comisiones al Exterior Priorizado del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2011, aprobado con Resolucion Suprema Nº 015-2011-DE/SG, de fecha 13 de enero de 2011 y sus modificatorias; Que, en consecuencia, resulta conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Tecnico 3° Ima. Flover MORDAZA MORDAZA y del Oficial de Mar 1° Ima. MORDAZA Kinser MORDAZA MORDAZA, para que participen en el Curso de Instructor Basico de Infanteria de MORDAZA, a realizarse en la Base de Entrenamiento de Infanteria de MORDAZA, MORDAZA de Covenas, Republica de Colombia; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, para la designacion del mencionado Personal MORDAZA, se ha tenido en cuenta su participacion en el correspondiente MORDAZA de seleccion, promovido por el Director General de Educacion de la MORDAZA, de acuerdo a sus antecedentes academicos, desempeno profesional y competencias adquiridas durante su linea de carrera; Que, de conformidad con el Articulo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el exterior, esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en el mismo Articulo y conforme al Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010; Que, el Articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011, la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011, el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios al Tecnico 3° Ima. Flover MORDAZA MORDAZA, CIP. 04909446 y DNI. 21543436 y al Oficial de Mar 1° Ima. MORDAZA Kinser MORDAZA MORDAZA, CIP. 00954433 y DNI.

10231925, para que participen en el Curso de "Instructor Basico", a realizarse en la Base de Entrenamiento de Infanteria de MORDAZA, MORDAZA de Covenas, Republica de Colombia, del 26 de octubre al 10 de diciembre de 2011. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo con los conceptos siguientes: Pasaje Aereo: MORDAZA ­ Bogota ­ Monteria ­ (COLOMBIA) ­ MORDAZA US$ 835.50 x 2 personas (Incluye TUUA) Pasaje Terrestre: Monteria ­ Covenas ­ Monteria (COLOMBIA) US$ 50.00 x 2 x 2 personas El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG, de fecha 26 enero de 2004 y sus modificatorias. Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Articulo 4°.- El citado Personal MORDAZA esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 5º.- El referido Tecnico comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno del pais. Articulo 6º.- El mencionado Personal MORDAZA revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 8°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores Encargado del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

709455-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011
DECRETO SUPREMO Nº 190-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, segun el articulo 171º de la Constitucion Politica del Peru, las Fuerzas Armadas y la Policia Nacional del Peru participan en el desarrollo economico y social del MORDAZA y en la defensa civil de acuerdo a Ley; Que, el Decreto Legislativo Nº 437, Ley de Organizacion y Funciones del Ejercito Peruano, en su articulo 3º establece que el Ejercito tiene como finalidad primordial garantizar la independencia, soberania e integridad territorial de la Republica, en el ambito de su competencia; interviene en los estados de excepcion de acuerdo a la Constitucion Politica del Estado y; asimismo, participa en el desarrollo economico y social del MORDAZA y en la defensa civil de acuerdo a la Ley;

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