Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2011 (27/10/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

452326

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de octubre de 2011

se sancionan con multa equivalente a tres dias de haber total, y se registra en el escalafon. En caso de reincidencia, ademas se publicara en el Diario Oficial. De cada sesion se levanta un acta, que es leida y sometida a la aprobacion de los Consejeros al final de la misma o al inicio de la siguiente sesion. Por disposicion del Pleno del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial el Secretario General certificara los acuerdos aprobados que requieran inmediata ejecucion. El acta es firmada por el Presidente del Consejo Ejecutivo y el Secretario General. Las resoluciones son firmadas por el Presidente del Consejo Ejecutivo y el Secretario General, previa visacion del Consejero ponente, si lo hubiera. En caso que un Consejero disienta del acuerdo aprobado podra consignar por escrito las razones de su divergencia, que se incorporara a la decision correspondiente". Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Gerencia General del Poder Judicial y a la Oficina de Inspectoria General, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYAR CHAPARRO MORDAZA

709014-4

ORGANOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Designan y reconocen Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia
RESOLUCION Nº 400-2011-CONAFU
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2011 "UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA AMAZONIA" VISTOS: Carta Nº 01 de fecha 06 de MORDAZA de 201, La Resolucion Nº 372-2011-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2011, y el Acuerdo Nº 500-2011-CONAFU de la sesion del Pleno del CONAFU de fecha 04 de agosto de 2010, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, siendo organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, como entre rector del funcionamiento de las universidades del MORDAZA bajo su competencia,; Que, en el articulo 3º del Estatuto aprobado por Resolucion N° 189-2006-CONAFU del 13 de MORDAZA de 2006, se establece que: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:... f) Reconocer a las comisiones organizadoras de las Universidades Publicas y Privadas..."; en concordancia con el articulo 10° del mismo cuerpo normativo, establece: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU:... o) Reconocer a las comisiones Organizadoras propuestas por los promotores, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demas normas; y designar a las comisiones organizadoras de las universidades publicas;...

t)Cumplir las funciones que por Ley, Estatutos o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en el articulo 18º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 1002005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, establece que: "Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comision Organizadora, conformada por tres miembros: a) Un Presidente, que asume la direccion de la Comision con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones del Representante Legal.; Que, en el articulo 20º del Reglamento, establece que: "Para el reconocimiento del CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35° y 36° de la Ley Universitaria..."; Que, en el articulo 25º del Reglamento, modificado mediante Resolucion Nº 202-2009-CONAFU de fecha 22 de junio de 2009 y su fe de erratas de fecha 25 de agosto de 2009, establece que: "De la Comision de Gobierno de la Universidad. Se constituira al termino del tercer ano de funcionamiento de la Universidad, estara integrada por los miembros de la Comision Organizadora, los Coordinadores de Facultad y/o Responsables de MORDAZA, segun sea el caso, un representante de la Promotora, en el caso de las universidades privadas, estudiantes elegidos por sus pares en la proporcion de un MORDAZA, de conformidad con lo establecido en la Ley Universitaria y un representante de los graduados si los hubiera. La Comision de Gobierno hace las veces de Consejo Universitario"; Que, mediante Ley Nº 27250 de fecha 05 de enero de 2000, se crea la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia con sede en el distrito de Yarinacocha, provincia de MORDAZA Portillo, departamento de Ucayali; cuyas finalidades estan contempladas en la Ley Universitaria (Ley Nº 23733) y su Ley de Creacion: Que, mediante Carta Nº 01 de fecha 06 de MORDAZA de 2011, el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presenta a CONAFU su carta de renuncia de manera irrevocable al cargo de Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia; Que, por Resolucion Nº 372-2011-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2011, en su parte resolutiva, articulo primero: ACEPTA la renuncia del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, articulo segundo: DECLARA LA VACANCIA del cargo de Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, articulo tercero: ENCARGA al Dr. MORDAZA Bacco MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente Academico de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, en el cargo de Presidente (e) de la referida comision; Que, en Sesion Ordinaria del Pleno del CONAFU de fecha 27 de MORDAZA de 2011, por Acuerdo Nº 500 -2011CONAFU despues de deliberar, convinieron por MAYORIA ABSOLUTA: DESIGNAR y RECONOCER al doctor MORDAZA MORDAZA COYLA ZELA como MORDAZA Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia; por cumplir con los requisitos establecidos por la Ley Universitaria 23733 y la Resolucion 100-2005-CONAFU del 23 de marzo 2005, dejandose sin efecto la encargatura al Dr. MORDAZA Bacco MORDAZA MORDAZA, presidente encargado de la referida comision. En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales:...d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR y RECONOCER al doctor MORDAZA MORDAZA COYLA ZELA como Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia. Articulo Segundo.- DEJESE sin efecto la encargatura al Dr. MORDAZA Bacco MORDAZA MORDAZA, Presidente encargado de la Comision de Gobierno de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonia, reconocido mediante Resolucion Nº 372-2011-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2011.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.