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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de octubre de 2011 452328 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES Declaran que la Universidad Tecnológica del Perú ha cumplido con requisitos referidos a la creación y organización de carreras profesionales creadas en el marco del “Programa de Educación para Adultos 30+”, a partir del semestre académico 2011-II COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1180-2011-ANR Lima, 18 de octubre de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Ofi cio Nº 050-2011-SG-UTP, de fecha 01 de julio de 2011 de la Universidad Tecnológica del Perú, informe 141-2011- DGDAC, de fecha 30 de septiembre de 2011, memorando Nº 933-2011-SE de fecha 10 de octubre de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones previstas en el inciso e) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establece que la creación de nuevas carreras, títulos profesionales y de segunda especialidad, acordados por una Universidad y de las Facultades en que se hacen los estudios respectivos; requiere de la coordinación previa e indispensable con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, con ofi cio de vistos, el Secretario General de la Universidad Tecnológica del Perú, remite la Resolución Rectoral Nº 070-2011-R-UTP, de fecha 05 de mayo de 2011, con la que comunica el funcionamiento del “Programa de Educación para Adultos 30+” y las carreras que en el marco de ese programa impartirá la Facultad de Profesionalización de Adultos y de Educación Tecnológica a partir del 2011-II, adjuntando para dicho efecto el currículo de estudios: • Carrera de Administración de Negocios y Marketing; • Carrera de Administración de Negocios y Finanzas; • Carrera de Negocios Internacionales; • Carrera de Administración de Negocios; Que, según informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, expresa que las carreras profesionales mencionadas en el considerando precedente, han cumplido ampliamente con los requisitos establecidos para su aprobación y funcionamiento, pues se encuentran adecuadamente estructuradas y satisfacen las exigencias establecidas de conformidad con los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, por lo que sugiere expedir la correspondiente resolución; Que, con memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo (e), dispone la elaboración de una resolución, de acuerdo al informe presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, aprobando el anteproyecto de resolución que declara la creación y organización de las Carreras Profesionales creadas en el marco del “Programa de Educación para Adultos 30+”; Estando a la autorización de la Alta Dirección; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido en la Ley Universitaria Nº 23733 y en el Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Tecnológica del Perú ha cumplido con lo provisto en los incisos e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, respecto a la creación y organización de las Carreras Profesionales creadas en el marco del “Programa de Educación para Adultos 30+”, a partir del semestre académico 2011-II: • Carrera de Administración de Negocios y Marketing; • Carrera de Administración de Negocios y Finanzas; • Carrera de Negocios Internacionales; • Carrera de Administración de Negocios; Las mismas que estarán adscritas a la Facultad de Profesionalización de Adultos y Formación Tecnológica, quedando en consecuencia aprobadas para su funcionamiento. Artículo 2º.- Publíquese la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web de la ANR. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 708289-1 Declaran que la Universidad Tecnológica del Perú ha cumplido con requisitos referidos a la creación y funcionamiento del Programa de Estudios Doctorales en Administración de Empresas COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1183-2011-ANR Lima, 19 de octubre de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El Ofi cio Nº 076-2011-SG-UTP, de fecha 10 de octubre del 2011, de la Universidad Tecnológica del Perú, informe Nº 145- 2011-DGDAC, de fecha 13 de octubre de 2011, memorando Nº 948-2011-SE de fecha 13 de octubre de 2011; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de las atribuciones previstas en el inciso f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, se establece concordar en lo referente a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento de grados y títulos universitarios y a la unifi cación de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho privativo de cada universidad a establecer la currícula y requisitos adicionales propios; Que, por Resolución Nº 1080-2008-ANR, de fecha 05 de diciembre de 2008, se aprobó la creación y el funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Tecnológica del Perú; Que, con ofi cio de vistos, el Secretario General de la Universidad Tecnológica del Perú, remite la Resolución Rectoral Nº 126-2011-R-UTP, de fecha 17 de agosto de 2011, con la que comunica la aprobación del “Programa de Estudios Doctorales en Administración en Empresas para impartirse por la Escuela de Posgrado de la citada casa de estudios; autorizando el funcionamiento a partir del periodo académico 2011-III; Que, según informe de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, es de la opinión que el Programa de Estudios Doctorales en Administración en Empresas presentado por la Universidad Tecnológica del Perú, satisface los requisitos establecidos por la Ley Universitaria Nº 23733, en su artículo 13º y en el inciso f) del artículo 92º; considerando procedente emitir la correspondiente resolución que declare aprobada su creación y funcionamiento; Que, con memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo (e), dispone la elaboración de una resolución, de acuerdo al informe presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, aprobando el anteproyecto de resolución que declara el funcionamiento del Programa de Doctorado en Administración en Empresas para impartirse por la Escuela de Posgrado de la Universidad Tecnológica del Perú, a partir del periodo académico 2011-III; Estando a la autorización de la Alta Dirección; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de lo establecido