NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (13/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 24
TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 13 de setiembre de 2011 449842 Dirección General de Política de Inversiones - DGPI (ex Dirección General de Programación Multianual del Sector Público - DGPM), dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7° de la Directiva Nº 002-2010-EF/68.01 - Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29628 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 040- 2011-EF/15, señala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como de solicitarlos a fi n de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos fi nancieramente; Que, asimismo el numeral 7.2 del artículo 7° de la Directiva mencionada en el párrafo precedente, en concordancia con lo dispuesto en el literal c) de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29628 - Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, señala que para el fi nanciamiento de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de emergencia, el INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la relación de los PIP de emergencia aprobados por la Presidencia del Consejo de Ministros - PCM y declarados elegibles por la Dirección General de Política de Inversiones - DGPI del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en aplicación de lo antes señalado el INDECI, a través de los Informes Técnicos Nº 025-2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 025-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 143 453,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Locroja, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, para el alquiler de maquinaria que permita la rehabilitación de las trochas carrozables, los caminos vecinales y las carreteras de las comunidades y anexos de conexión del Distrito de Locroja, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, que han sido afectadas por las intensas lluvias ocurridas entre los días 15 y 18 de marzo de 2011, que ocasionaron desprendimiento de lodo, piedras y materiales sueltos; Que, el INDECI, mediante los Informes Técnicos Nº 026- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 026-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de CIENTO SEIS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 106 600,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Cabana, Provincia de San Román, Departamento de Puno, para el alquiler de maquinaria que permita efectuar los trabajos de limpieza de cauce y conformación de dique con material propio en el río Cabanillas en tramos críticos del Centro Poblado de Coinchaca, Distrito de Cabana, Provincia de San Román, Departamento de Puno, debido a la sedimentación y colmatación del citado río ante las intensas precipitaciones pluviales producidas el 31 de marzo de 2011; Que, el INDECI, a través de los Informes Técnicos Nº 027- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 027-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de OCHENTA Y CUATRO MIL VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 84 028,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Tiquillaca, Provincia de Puno, Departamento de Puno, para el alquiler de maquinaria que permita efectuar los trabajos de limpieza en el cauce del río Condoriri en tramos críticos del Centro Poblado de Condoriri, Distrito de Tiquillaca, Provincia de Puno, Departamento de Puno, debido a la sedimentación y colmatación del citado río ante las intensas precipitaciones pluviales acaecidas el 12 de enero de 2011; Que, el INDECI, mediante los Informes Técnicos Nº 028- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 028-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de VEINTIOCHO MIL DOSCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 28 200,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Aurahuá, Provincia de Castrovirreyna, Departamento de Huancavelica, para el alquiler de maquinaria que permita recuperar la transitabilidad de las trochas carrozables, los caminos vecinales y las carreteras Antacocha - Maticcana del Distrito de Aurahuá, Provincia de Castrovirreyna, Departamento de Huancavelica, que han sido afectadas por las intensas lluvias ocurridas a partir del 10 de marzo de 2011, que ocasionaron desprendimiento de lodo, piedras y materiales sueltos; Que, el INDECI, a través de los Informes Técnicos Nº 029- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 029-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 194 419,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Andabamba, Provincia de Acobamba, Departamento de Huancavelica, para el alquiler de maquinaria que permita recuperar la transitabilidad de las carreteras y las trochas carrozables de los centros poblados de Minabamba - Mayunmarca - Yañacc, Huacapite - Rauma - Anco, Mayunmarca - Yañacc del Distrito de Andabama, Provincia de Acobamba, Departamento de Huancavelica, afectadas por las intensas lluvias producidas el 22 de marzo de 2011, que ocasionaron desprendimiento de lodo, piedras y materiales sueltos; Que, el INDECI, mediante los Informes Técnicos Nº 030- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 030-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS DIEZ MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 510 280,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para la adquisición de insumos químicos que permita la recuperación de los niveles reactivos y resolutivos de la población urbana y rural de las Provincias de Moyobamba, Bellavista, El Dorado, Huallaga, Lamas, Mariscal Cáceres, Picota, Rioja, San Martín y Tocache, ante el peligro inminente declarado por la Dirección Regional de Salud antes mencionada el 20 de mayo de 2011, ante el incremento de vectores de dengue, leishmaniasis, bartonelosis y malaria en la región; Que, el INDECI, a través de los Informes Técnicos Nº 031- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 031-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de CIENTO TRES MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 103 164,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Provincial de Huanta, Departamento de Ayacucho, para el alquiler de maquinaria que permita recuperar la transitabilidad de las carreteras y los caminos rurales en las localidades de Luricocha - Pacayhuaycco - Huayllay - Huaynacancha - Carhuaran - Pampalca - Ccano, de los Distritos de Luricocha y San José de Secce, Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho, afectados por las intensas lluvias acaecidas entre los días 13 y 15 del mes de marzo de 2011, que ocasionaron desprendimiento de lodo, piedras y materiales sueltos; Que, el INDECI, mediante los Informes Técnicos Nº 032- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 032-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 296 527,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural -AGRORURAL del Ministerio de Agricultura, para la adquisición de medicinas e insumos veterinarios y heno ante el peligro inminente declarado por el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, de afectación del ganado por heladas en las zonas altoandinas de los Departamentos de Cusco, Puno y Junín; Que, el INDECI, a través de los Informes Técnicos Nº 033- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 033-2011-INDECI/14.0, ha determinado la procedencia de incorporar recursos hasta por la suma de UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 244 422,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Llochegua, Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho, para el alquiler de maquinaria que permita el reencauzamiento del río Apurímac, hacia la margen derecha y protección mediante enrocado del Centro Poblado de Mayapo, en el Distrito de Llochegua, Provincia de Huanta, Departamento de Ayacucho, ante el peligro inminente declarado por el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET del incremento del caudal del río Apurímac y su consiguiente crecimiento de nivel por las intensas lluvias producidas en los meses de febrero y marzo de 2011, que ocasionó la caída de aproximadamente dos (02) metros de plataforma, provocando desesperación en los pobladores que tienen construidas sus viviendas entre 5 y 8 metros de distancia del borde de la plataforma y la ribera del río Apurímac; Que, el INDECI, mediante los Informes Técnicos Nº 036- 2011-INDECI/DNPE/EPEFT y N° 036-2011-INDECI/14.0, ha