NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (17/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 76
TEXTO PAGINA: 12
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de setiembre de 2011 450062 la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, UIF-Perú, respecto a los sujetos obligados bajo el ámbito de su supervisión; Que, mediante Resolución Ministerial N° 063-2009- MINCETUR/DM, se aprobó la Directiva N° 001-2009- MINCETUR/DM, “Normas para la prevención del lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo, aplicable a las empresas que explotan juegos de casino y máquinas tragamonedas”; Que, en cumplimiento de los dispositivos legales referidos, es necesario aprobar el Reglamento de infracciones y sanciones aplicables a las empresas que explotan juego de casino y máquinas tragamonedas en materia de prevención del lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo, instrumento que conjuntamente con las normas citadas en los considerandos precedentes constituyan un sistema integral para su prevención; Que, en atención al Principio de Transparencia que rige la actuación de la Administración Pública y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS, es conveniente prepublicar el Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de infracciones y sanciones aplicables a las empresas que explotan juego de casino y máquinas tragamonedas en materia de prevención del lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo”; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del MINCETUR, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la prepublicación en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe), del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de infracciones y sanciones aplicables a las empresas que explotan juego de casino y máquinas tragamonedas en materia de prevención del lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo”, durante el plazo de treinta (30) días calendario, para conocimiento y sugerencias por parte de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil; así como, de las personas interesadas o involucradas. Artículo 2°.- El Viceministerio de Turismo, a través de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas queda encargado de recibir, procesar, evaluar e incluir, de ser el caso, las diversas propuestas y opiniones que se reciban acerca del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de infracciones y sanciones aplicables a las empresas que explotan juego de casino y máquinas tragamonedas en materia de prevención del lavado de activos y fi nanciamiento del terrorismo” al que se refi ere el artículo anterior, para posteriormente elaborar el texto defi nitivo del citado documento. Las propuestas y opiniones serán remitidas a los siguientes correos electrónicos: msanroman@ mincetur.gob.pe y aramon@mincetur.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 691304-1 Autorizan viajes de representantes de PROMPERÚ a Brasil y Colombia para llevar a cabo acciones de promoción del turismo RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 072-2011-PROMPERÚ/PCD Lima, 5 de setiembre de 2011 Visto el Memorándum Nº 190-2011-PROMPERU/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de dichas funciones, PROMPERÚ llevará a cabo el evento “Puerta a Puerta Brasil”, a realizarse en la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 19 al 23 de setiembre de 2011, con la fi nalidad de contactar a los más importantes tours operadores brasileros, para proveerles de modo directo información especializada y actual sobre los destinos turísticos del Perú, que les permita vender de manera óptima las diferentes propuestas y circuitos turísticos peruanos; Que, en tal razón, la Secretaria General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje del señor Alan Jack Kupis Gianella y de la señorita Milagritos Vidal Cueva, quienes prestan servicios a dicha entidad, a la ciudad de Sao Paulo, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en el evento antes mencionado; Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Alan Jack Kupis Gianella y de la señorita Milagritos Vidal Cueva, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa de Brasil, del 18 al 24 de setiembre de 2011, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Alan Jack Kupis Gianella (del 18 al 24 de setiembre de 2011): - Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 - Pasajes aéreos : US$ 1 170,00 Milagritos Vidal Cueva (del 18 al 24 de setiembre de 2011): - Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 - Pasajes aéreos : US$ 1 170,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.