NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (17/09/2011)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de setiembre de 2011 450064 Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2007-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Renzo Ugarte Riglos, a las ciudades de Bogotá y Cali, República de Colombia, del 26 de setiembre al 01 de octubre de 2011 y de la señorita María Elisa Ponce de León Velasco, a las ciudades de Bogotá, Cali y Medellín, República de Colombia, del 26 de setiembre al 05 de octubre de 2011, para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo acciones de promoción del turismo receptivo, durante el evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Renzo Ugarte Riglos: - Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 - Pasajes aéreos : US$ 700,00 María Elisa Ponce de León Velasco: - Viáticos (US$ 200,00 x 10 días) : US$ 2 000,00 - Pasajes aéreos : US$ 760,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo Presidente del Consejo Directivo de PROMPERÚ 691004-3 DEFENSA Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a los Estados Unidos en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 392-2011-DE/FAP Lima, 16 de septiembre de 2011 Visto la Papeleta de Trámite NC-55-SGFA-Nº 4376 de fecha 12 de setiembre de 2011 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú y el Ofi cio NC-60-G841-Nº 1767 de fecha 12 de setiembre de 2011 del Comandante de Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio a los Estados Unidos de América, al Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave principal BOEING 737-528 FAP Nº 356 y la aeronave alterna BOEING 737-200 FAP 352, con la fi nalidad de trasladar al Señor Presidente de la República y Comitiva Ofi cial a la ciudad de New York, del 20 al 25 de setiembre de 2011; Que, el pago correspondiente a la presente autorización, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; Que, de conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001-2011- DE/ de fecha 29 de marzo de 2011, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 024- 2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 y la Ley Nº 29626 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011; y, Estando a lo informado por el Jefe del Estado Mayor General, a lo opinado por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio a los Estados Unidos de América, al Personal Militar y Civil FAP que se detalla a continuación, quienes conformarán la tripulación de la aeronave BOEING 737-528 FAP Nº 356 y la aeronave alterna BOEING 737-200 FAP 352, con la finalidad de trasladar al Señor Presidente de la República y Comitiva Oficial a la ciudad de New York, del 20 al 25 de setiembre de 2011: AERONAVE PRINCIPAL BOEING 737-528 FAP Nº 356 TRIPULACION PRINCIPAL Mayor General FAP SEGUNDO BUENAVENTURA Piloto GAMBOA SANDOVAL Coronel FAP OSCAR TORIBIO ALARCO GARCIA Inspector Comandante FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA Piloto Comandante FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA Piloto Comandante FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES Piloto Empleado Civil FAP LUIS ALFREDO MUÑOZ VIGNES Piloto Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico Empleado Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess Empleado Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser Empleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA Purser TRIPULACION ALTERNA Técnico de 1ra. FAP WILFREDO MARIANO PEREZ RONDAN Mecánico Empleado Civil FAP ELIZABETH MARIEL FIGUEROA PARRA Hostess AERONAVE ALTERNA BOEING 737-200 FAP Nº 352 TRIPULACION PRINCIPAL Coronel FAP RAUL GUSTAVO CASTELLARES ROSAS Piloto Coronel FAP EUSTAQUIO RIOS DEL AGUILA Piloto Comandante FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ Piloto Mayor FAP ROBERTO ARMANDO ARTURO Piloto MEDINA ORMEÑO Técnico Inspector FAP NICOLAS ARTURO DAMIAN CHANGANA Mecánico Técnico de 1ra. FAP JULIO ANTONIO QUICAÑA CONTRERAS Mecánico Empleado Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess Empleado Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser Empleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA Purser TRIPULACION ALTERNA Comandante FAP RICARDO ABSALON GUERRA DIAZ Piloto Técnico Inspector FAP MANUEL ARTURO TUÑOQUE BELLODAS Mecánico Empleado Civil FAP ELIZABETH MARIEL FIGUEROA PARRA Hostess Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US $ 220.00 x 06 días x 12 Personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial General, los Ofi ciales Superiores, los Técnicos y los Empleados Civiles comisionados, deberán cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho