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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (10/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 10 de abril de 2012 463809 Abierto que contiene compromisos en materia de transparencia y acceso a la información pública, integridad pública, participación ciudadana y gobierno electrónico y mejoras en los servicios públicos, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.-. Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, y su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 773785-1 AGRICULTURA Constituyen Grupo de Trabajo para elaborar el Plan Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0130-2012-AG Lima, 9 de abril de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 251-2012-AG-DGCA-DIA, de la Dirección General de Competitividad Agraria, sobre propuesta de equipo de profesionales para la elaboración del Plan Nacional de Difusión de Información Agraria especializada en el Ministerio de Agricultura, y; CONSIDERANDO Que, el numeral 1.4), del artículo 2° del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, señala, como Política Nacional de Obligatorio Cumplimiento por parte de los Ministerios, en materia de descentralización, entre otros, desarrollar plataformas regionales de competitividad, que permitan el desarrollo, crecimiento y fortalecimiento de las economías regionales y locales; Que, el Decreto Legislativo Nº 997, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, determina como funciones del MINAG, entre otras, el coordinar con los Gobiernos Regionales y Locales la implementación de las políticas nacionales y sectoriales y evaluar su cumplimiento, estableciendo los mecanismos que permitan a los productores agrarios acceder a información relevante para el desarrollo competitivo de la actividad agraria; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece como una de las funciones especifi cas de la Dirección General de Competitividad Agraria, integrar, sistematizar y difundir información para la toma de decisiones de los agentes económicos; Que, de acuerdo al documento del visto, la elaboración del Plan Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada del Ministerio de Agricultura, debe ser formulada por un Grupo de Trabajo, de conformidad con el artículo 35º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Constitución de Grupo de Trabajo Constituir el Grupo de Trabajo del Ministerio de Agricultura, con el objeto de elaborar el Plan Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada, como herramienta estratégica que centralice, armonice y articule la intervención del servicio de información agraria de los tres niveles de gobierno; el mismo que estará conformado de la siguiente manera: - El Viceministro de Agricultura, quien lo presidirá. - Un representante de la Dirección General de Competitividad Agraria. - Un representante de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre. - Un representante de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios. - Un representante de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica. - Un representante de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto. - Un representante de la Ofi cina de Apoyo y Enlace Regional. - Un representante de la Ofi cina de Estudios Económicos y Estadísticos. - Un representante de la Unidad de Imagen Institucional. - Un representante de la Unidad de Defensa Nacional. - Un representante de la Unidad de Tecnología de Información de la Ofi cina de Administración. - Un representante del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRORURAL. - Un representante del Programa de Compensaciones para la Competitividad – PCC. - Un representante del Programa Subsectorial de Irrigaciones – PSI. - Un representante de la Autoridad Nacional del Agua - ANA. - Un representante del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. - Un representante del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA. Los órganos y organismos conformantes del Grupo de Trabajo, podrán designar un representante alterno para casos de ausencia del representante designado. Artículo 2°.- Designación de representantes e instalación del Grupo de Trabajo. Los integrantes del Grupo de Trabajo, serán designados mediante comunicación ofi cial dirigida al Viceministro de Agricultura, en el plazo de cinco (05) días hábiles, a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución. El Grupo de trabajo deberá instalarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de publicada esta Resolución. Artículo 3º.- Plazo de presentación del Plan. Dentro del plazo de noventa (90) días hábiles siguientes, desde su fecha de instalación, el Grupo de Trabajo que se constituya por esta Resolución, deberá presentar al Despacho Ministerial, para su aprobación, el Plan Nacional de Difusión de Información Agraria Especializada del Ministerio de Agricultura, Artículo 4º.- Secretaría Técnica. La Dirección General de Competitividad Agraria ejercerá la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo. Artículo 5º.- Facultades. El Grupo de Trabajo conformado, a través de su Presidente, está facultado para solicitar el apoyo y