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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (28/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 65

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2012 465203 de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza N° 068-2008-MDSJM, ratifi cado por acuerdo de Consejo Nº 471-2008-MML, publicada el diario ofi cial El Peruano con fecha 24 de Octubre del 2008, el Concejo Municipal aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores. Que, posteriormente mediante Ordenanza Nº 103- 2009-MDSJM, de fecha 17 de Abril del 2009 se modifi ca el Procedimiento de Conexiones Domiciliarias debiendo adecuarse a lo establecido en los artículos 2 y 4 del Decreto Legislativo 1014; respecto al costo que no debe exceder el 1% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 0000011-2010- MDSJM-A de fecha 24 de Agosto del 2010, se modifi có los plazos del Procedimiento de Conexiones Domiciliarias de 10 días sujeto a silencio administrativo negativo a 30 días sujeto a silencio administrativo positivo, en atención a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1014-2008. Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012- EF publicado el 12 de enero de 2012, se aprueban los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012 y se establecen metas al 31 de julio de 2012 y 31 de diciembre de 2012, que deben cumplir las Municipalidades de Ciudades Principales tipo “A” en el que califi ca la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores. Que, es una meta “Modifi car el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos (TUPA) de la Municipalidad, en el marco de la Resolución del Consejo Directivo N° 042- 2011-SUNASS-CD antes del 30 de abril del año 2012”, por lo tanto, es preciso que la Entidad adecue el procedimiento Ítem 2 “ Conexiones Domiciliarias” de la Subgerencia de Obras Públicas, reduciendo requisitos y plazo para resolver en el caso de agua y desagüe, a 05 días hábiles, e incluir como base legal del procedimiento el Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de Saneamiento, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 042- 2011-SUNASSCD, publicada el 28/10/2011; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 y modifi catorias, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos Procedimientos, incrementos de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar, en el caso de gobiernos locales, por Decreto de Alcaldía y procediendo a la publicación de la modifi cación de acuerdo a lo señalado por el numeral 38.3; Que, estando a lo opinado por la Gerencia Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 273 -2012-GAJ/GM/ MDSJM; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20°, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Procedimiento Ítem 2 “Conexiones Domiciliarias de la Subgerencia de Obras Públicas del TUPA, aprobado por Ordenanza Nº 068-2008-MDSJM y modifi catorias, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el Portal Institucional www.munisjm.gob.pe, de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mirafl ores. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Obras Públicas el cumplimiento del presente dispositivo municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos: 1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete o cd rom con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car, si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL