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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (28/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2012 465201 Ordenanza que regula la emisión de licencias de funcionamiento y anuncios publicitarios en forma conjunta, para establecimientos de giros menores, reduciendo sus costos ORDENANZA Nº 221-2012-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 30 de marzo del 2012 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 30 de marzo de 2012, el Informe Nº26-2012-MDSJM-GDE de fecha 17 de febrero del 2012, el Informe Nº 221-2012-GAJ- MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 26 de marzo del 2012, el Dictamen Nº001-2012-CAL-CDEL- MDSJM de la Comisión de Asuntos Legales conjunta con la Comisión de Desarrollo Económico Local, de fecha 19 de marzo del 2012, respecto al Proyecto de Ordenanza de Emisión de Licencia de Funcionamiento y Anuncios Publicitarios en forma conjunta para Establecimientos de Giros Menores en el Distrito de San Juan de Mirafl ores, y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, en el que indica que las Municipalidades Provinciales y Distritales, son Órganos de Gobierno Local que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; ejerciendo dichas facultades mediante Ordenanzas. Que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, en su Artículo 79º numeral 3) inciso 3.6; establece que son funciones específi cas exclusivas de las Municipalidades Distritales el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fi scalización; así mismo como en su artículo 83º numeral 3) inciso 3.6 en el que se faculta a las Municipalidades a otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales, industriales y profesionales. Que, de acuerdo a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Ley Nº 28976, en su artículo 10º Autorización Conjunta; en el cual la Municipalidad podrá autorizar la instalación de toldos y/o anuncios conjuntamente con la expedición de la Licencia de Funcionamiento. Que, de acuerdo a las facultades de fi scalización y control de la Municipalidad, se ha detectado que muchos establecimientos comerciales y/o de servicios, carecen de su respectiva Autorización Municipal de Funcionamiento y permisos para instalar sus anuncios publicitarios, demostrando este hecho un alto índice de evasión e informalidad por parte de los conductores de los negocios con giros menores. Por ello es necesario establecer una norma, que permita a los titulares de dichos establecimientos regularizar y formalizar sus establecimientos y anuncios publicitarios. Así mismo evitar cualquier obstáculo burocrático que no permita el acceso o permanencia en el mercado. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9 de la Ley Orgánica de municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por Mayoría y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA DE EMISIÓN DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y ANUNCIOS PUBLICITARIOS EN FORMA CONJUNTA, PARA ESTABLECIMIENTOS DE GIROS MENORES DEL DISTRITO, REDUCIENDO SUS COSTOS Artículo 1º.- Finalidad y Alcances La presente Ordenanza tiene como fi nalidad establecer el procedimiento normativo para iniciar una campaña formalizadora en aras de que el administrado (titular del establecimiento) pueda obtener su Licencia de Funcionamiento para giros menores y así mismo permiso para la instalación del Anuncio Publicitario Simple, de manera conjunta, en un solo acto administrativo realizando un único pago por ambos trámites. Artículo 2º.- Base Legal La presente Ordenanza tiene como sustento legal los dispositivos establecidos en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, donde las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Ley Nº 28976, Reglamento de Organizaciones y Funciones – ROF, aprobado por Ordenanza Nº 000211-2011-MDSJM, Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobado por Ordenanza Nº 000068-2008-MDSJM, Ordenanza Nº 000042-2007-MDSJM, del 03 de Agosto del 2007, que regula los procedimientos de autorización municipal vinculados al funcionamiento de establecimientos en el Distrito, Ordenanza Nº 000003-2001-MDSJM, del 12 de Febrero del 2001, que regula la instalación de publicidad exterior y anuncios en general, modifi cado por Ordenanza Nº 000008-2004-MDSJM y Ordenanza Nº 000011-2004- MDSJM. Artículo 3º.- Objetivos • Impulsar el desarrollo empresarial de las actividades económicas comerciales en el Distrito • Promover la formalización de la micro y pequeña empresa dentro del Distrito. • Disminuir el carácter evasivo de los comerciantes, que por muchos años tienen negocios informales, debido a los costos y al carácter burocrático del mismo trámite y que además se encuentran mas propensos a ser sancionados con multas de S/.1,800.00 Nuevos Soles por no contar con su respectiva Autorización de Funcionamiento. • Contribuir con la generación de ingresos a esta Corporación Edil. Artículo 4º - Ámbito de Aplicación Los benefi cios de la presente Ordenanza regirá en el ámbito jurisdiccional de la Municipalidad de San Juan de Mirafl ores. Artículo 5º - De los Obligados De conformidad a la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Ley Nº 28976, están obligados a obtener Autorización Municipal de Funcionamiento, las personas naturales, que a la fecha no cuenten con su respectiva autorización Municipal de Funcionamiento, ni permiso para instalar Anuncio Publicitario. Artículo 6º - Área Competente para el Trámite Es competencia de la Sub Gerencia de Licencias y Comercialización, la orientación al administrado en cuanto a los requisitos a presentar para iniciar el procedimiento del benefi cio conjunto (Licencia / Anuncio) ante la Sub Gerencia de Administración Documentaria, Archivo y Trasparencia, sin contravenir lo establecido en el Artículo 124º numeral 124.1 de la Ley Nº 27444. Artículo 7º - De los Requisitos Para la obtención del benefi cio Conjunto de Licencia de Funcionamiento y Anuncio Publicitario la Sub Gerencia de Licencias y Comercialización deberá evaluar lo que corresponde a la Zonifi cación y Compatibilidad de Uso del local comercial que se pretende aperturar, de acuerdo a la normatividad vigente, además los administrados deberán presentar lo siguiente: 1. Solicitud de Licencia de Funcionamiento con carácter de Declaración Jurada que incluya: Personas Naturales • Número de RUC y DNI o carné de extranjería del solicitante