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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (28/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2012 465200 la normatividad aplicable para las solicitudes de Cambio Específi co de Zonifi cación en la jurisdicción del Distrito de Puente Piedra; Que, por tanto, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General, resulta necesario establecer las disposiciones pertinentes que regulen el trámite de las solicitudes sobre Cambio Específi co de Zonifi cación en la jurisdicción del Distrito de Puente Piedra; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por MAYORÍA, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 0196-MDPP QUE SE ESTABLECE LA TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE CAMBIO ESPECÍFICO DE ZONIFICACIÓN EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- ESTABLECER que en tanto la Municipalidad Metropolitana de Lima no expida un Procedimiento distinto para la tramitación de los Cambios Específi cos de Zonifi cación que se soliciten en la jurisdicción del Distrito de Puente Piedra, se aplicarán a los mismos el procedimiento establecido en el Artículo 34.2 de la Ordenanza Nº 620-MML y sus subnumerales, modifi cado por el Artículo Primero de la Ordenanza Nº738-MML. Artículo Segundo.- PRECÍSESE que el órgano competente de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, para emitir la opinión técnica a que se refi ere el Artículo 34.2.2 de la Ordenanza Nº 620-MML, es la Gerencia de Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- Asimismo precísese que la Gerencia de Participación Vecinal y Comunicaciones es la responsable de efectuar la Consulta Vecinal a que se refi ere el Artículo 34.2.3 de la Ordenanza Nº 620-MML modifi cado por el Artículo Primero de la Ordenanza Nº 738-MML. La Consulta vecinal se efectuará de manera concurrente con la opinión técnica señalada en el artículo precedente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, y Gerencia de Desarrollo Urbano el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ Alcalde 782577-3 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban estructura de costos y estimación de ingresos del servicio de emisión mecanizada de actualización predial y arbitrios municipales del ejercicio 2012 ORDENANZA MUNICIPAL N° 218-2012-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 7 de marzo del 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de fecha 07 de marzo de 2012, el Proyecto de Ordenanza que establece el monto por derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación y Distribución – Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012, remitido por la Gerencia de Rentas mediante Memorando N° 159-2012-GR-MDSJM, de fecha 05 de marzo del 2012, el Informe Nº 174-2012- GAJ-MDSJM, de fecha 05 de marzo del 2005 de Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de sus competencias; Que, dicho cuerpo normativo también les otorga potestad tributaria para crear, modifi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, conforme a la cuarta disposición fi nal del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004, las municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de tributos y recibos de pago, así como su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dicho servicio. La Municipalidad de San Juan de Mirafl ores, al amparo de la disposición antes expuesta y considerando la necesidad de brindar un servicio a la comunidad, brinda el servicio de la emisión mecanizada, actualización de valores, determinación de impuestos y los correspondientes recibos así como su distribución para el ejercicio 2012; Que, resulta necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emisión mecanizada para el Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo correspondiente al ejercicio fi scal 2012; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Artículo Nº 9 numeral 9), 38°, 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por MAYORÍA y con dispensa del trámite de aprobación del acta, se ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS DEL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES EJERCICIO 2012 Artículo Primero.- APRUÉBESE en S/. 2.90 el importe que deberán abonar los contribuyentes, titulares de un predio, por concepto emisión mecanizada de actualización de valores determinación y distribución a domicilio de los recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondiente al ejercicio fi scal 2012. Artículo Segundo.- FÍJESE en S/. 0.30 céntimos, el monto que deberán abonar por predio adicional los contribuyentes que posean más de un predio. Artículo Tercero.- El Derecho de Emisión Mecanizada, será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o de su primera cuota fraccionada. Artículo Cuarto.- APRUEBE el Informe Técnico Financiero, que comprende la estructura de costos y estimación de ingresos que como anexo forman parte de la presente Ordenanza, que establece el monto del servicio de emisión mecanizada, actualización de valores, determinación de tributos y distribución de recibos de pagos a domicilio correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio fi scal 2012. Artículo Quinto.- DÉJESE SIN EFECTO, la Ordenanza N° 000215-2012-MDSJM y toda otra disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que apruebe su ratifi cación, en la medida que se haya cumplido también con la publicación de la presente Ordenanza en las formas y mecanismos previstos en Ley. Artículo Séptimo.- La información de la presente Ordenanza con su texto íntegro de las normas ratifi cadas y el Acuerdo de Concejo ratifi catorio se encontrarán publicados en la página web del Servicio de Administración Tributaria – SAT (http://www.sat.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO OCAMPO VARGAS Alcalde 782056-1