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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2012 465196 Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario ofi cial El Peruano, en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas y en el portal Web de la Municipalidad Distrital de Barranco. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JESSICA A. VARGAS GÓMEZ Alcaldesa 782048-1 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Modifican TUPA de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2012-MDC Cieneguilla, 13 de Abril de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO: El Proveído Nº 097-2012-GM-MDC de la Gerencia Municipal de fecha 13 de abril de 2012; el Informe Nº 015- 2012-SG-MDC de Secretaría General de fecha 02 de abril de 2012; el Informe Nº 079-2012-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 12 de marzo de 2012 y el Informe Nº 057-2012-GDUR-MDC de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de fecha 08 de marzo de 2012 relacionados a la modifi cación del plazo del procedimiento de Autorización de Conexión Domiciliaria de Agua y Desagüe contenido en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, con la fi nalidad de dar cumplimiento a la meta del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades cuentan con autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad al artículo 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven y regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario; Que, mediante Ley Nº 29332 de fecha 20 de marzo de 2009 modifi cada por el Decreto de Urgencia Nº 119- 2009 se creó el Plan de Incentivo a la Mejora de la Gestión Municipal (PMM) con la fi nalidad de promover condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible de la economía local, incluyendo las condiciones favorables al clima de negocios para mejorar la provisión de servicios públicos, infraestructura básica y simplifi cación de trámites; Que, mediante Convenio Específi co de Cooperación Interinstitucional para facilitar el acceso a los servicios de saneamiento entre SEDAPAL y la Municipalidad Distrital de Cieneguilla de fecha 27 de Julio de 2010 se estableció la implementación efectiva del procedimiento del otorgamiento de permisos municipales a SEDAPAL para la instalación de nuevas conexiones de agua y/o alcantarillado, en un plazo máximo de 05 días útiles; Que, mediante Ordenanza Nº 137-2011-MDC de fecha 21 de Julio de 2011 de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, donde la Subgerencia de Obras Públicas, Privadas y Transporte contempla el procedimiento administrativo: Autorización en área de uso público para instalación domiciliaria del servicio de agua, desagüe, energía eléctrica y telecomunicaciones, estableciéndose el procedimiento para la autorización en un plazo máximo de 30 días hábiles; Que, de acuerdo a la Resolución de Concejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD de fecha 28 de octubre de 2011 la Superintendencia Nacional de los Servicios de Saneamiento, se modifi ca el Reglamento de Calidad de Prestación de Servicios de Saneamiento, para que los trámites sean realizados por las propias Empresas Prestadoras del Servicio – EPS, ante las municipalidades y dentro del plazo máximo de 05 días útiles; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-EF de fecha 12 de enero de 2012 se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012 y en cuyo Anexo Nº 01 la Municipalidad de Cieneguilla es considerada como ciudad principal tipo A, por lo que se estableció la meta: Modifi cación del Texto Único de procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad, en el marco de la resolución del Concejo Directivo Nº 042-2011- SUNASS-CD antes del 30 de abril de 2012; Que, de acuerdo al instructivo del Ministerio de Economía y Finanzas sobre el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2012 para cumplir la meta establecida según Decreto Supremo Nº 004- 2012-EF de fecha 12 de enero de 2012 la Municipalidad debe modifi car mediante Ordenanza o Decreto de Alcaldía, el Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA, indicando que el procedimiento administrativo para autorizar una conexión domiciliaria de agua y desagüe debe de realizarse en un plazo máximo de 05 días hábiles (no incluyendo sábados, domingos ni feriados); Que, mediante Informe Nº 057-2012-GDUR-MDC la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, solicita la modifi cación del Texto Único de Procedimiento Administrativo – TUPA de la Municipalidad estableciéndose en el procedimiento administrativo: Autorización en área de uso público para instalación domiciliaria del servicio de agua, desagüe, energía eléctrica y telecomunicaciones, un plazo máximo de 05 días hábiles para realizar dicho procedimiento, luego de lo cual se procederá al Silencio Administrativo Positivo, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 004-2012-EF; Que, mediante Informe Nº 079-2012-GAJ-MDC la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina declarar procedente lo solicitado debiendo de emitirse el correspondiente Decreto de Alcaldía; Que, de conformidad al numeral 38.5 , artículo 38 de la Ley 27444, se establece que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía, en el caso de Gobiernos Locales; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades: DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR el TUPA de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla con relación al procedimiento Nº 7: AUTORIZACION EN AREA DE USO PUBLICO PARA INSTALACION DOMICILIARIA DEL SERVICIO DE AGUA, DESAGÜE, ENERGIA ELECTRICA Y TELECOMUNICACIONES, de la Subgerencia de Obras Públicas, Privadas y Transporte, estableciéndose un plazo máximo de 05 días hábiles para realizar dicho procedimiento, conforme al cuadro anexo que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º: ESTABLECER que el presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3º: DISPONER la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial “El Peruano”, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano. gob.pe); en éstos últimos el íntegro del Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde