Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2012 (28/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2012

2. Declaracion Jurada de Observancia de Condiciones de Seguridad. 3. Fotografia panoramica del Anuncio (menores a 6 m2) en el que se aprecie el entorno y la respectiva leyenda. 4. Croquis y/o diseno a escala (colores, material, dimension y leyenda) 5. Derecho de pago en el que estara incluido el tramite de Licencia de Funcionamiento y Anuncio Publicitario, mas no de Defensa Civil, sera de S/.180.00 Nuevos Soles. Articulo 8º - De los Beneficiados y excluidos Seran beneficiados, de acuerdo a lo que establece el Art. 5º, de la presente Ordenanza, los siguientes establecimientos: bodega, libreria, bazar, sastreria, zapateria, optica, electronica menor, mecanica menor, fuente de soda, comida al paso, restaurantes, oficina administrativa, lavanderia, salon de belleza, boutiques, estudio fotografico, servicio de tipeo, internet, locutorios, fotocopiadora, carniceria, fruterias, verdulerias, juguerias y otros giros afines que por su naturaleza requieran areas menores a los 50 m2, de acuerdo a lo indicado en el MORDAZA (Grupo 1), asi mismo que estos no generen humo ni fluctuaciones electricas y/o algun MORDAZA de contaminacion que atenten contra el ornato, la moral y las buenas costumbres del Distrito. Por lo que cabe resaltar, que se encuentran excluidos de este beneficio los giros mayores con un area superior a los 50 m2; asi como tambien giros menores contemplados en el Grupo 1 (menores a 100 m2) como hostales, pubs, penas, licorerias, discotecas, bar, casinos, juegos de azar, maquinas tragamonedas, clinicas, ferreterias, lavadero de autos o giros afines o similares a los mismos, asi como solicitudes que incluyan giros cuyo desarrollo implique el almacenamiento, uso o comercializacion de productos toxicos o altamente inflamables; y aquellos que por su naturaleza requieran de inspeccion tecnica en Defensa Civil de Detalle o Multidisciplinaria. Articulo 9º - Plazo de Emision Conjunta de Licencia y Anuncio Para la Emision de la Licencia Conjunta de Funcionamiento y Anuncio, descrito en la presente Ordenanza, el plazo de otorgamiento se realizara en un plazo de 5 dias habiles, teniendo 2 dias de iniciado el procedimiento para poder subsanar alguna omision, en cuyo caso el plazo para el otorgamiento del paquete empezara a partir de efectuada dicha subsanacion. Articulo 10º - Control y Fiscalizacion Posterior y Nulidad de Autorizacion La Municipalidad a traves de la Sub Gerencia de Licencias y Comercializacion y la Sub Gerencia de Fiscalizacion, Control y Sanciones Administrativas, seran los responsables, mediante inspecciones oculares, de verificar la veracidad de lo contenido en la Declaracion Jurada y/o documentos presentados por los administrados. El impedimento o resistencia a la fiscalizacion, o falsedad de datos declarados presentado a la Municipalidad, cuando se inicio el tramite; MORDAZA lugar a la aplicacion de las sanciones administrativas y acciones legales Correspondientes. Ademas de lo establecido en Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444, en su Articulo 10º "Causales de Nulidad" son causales de declaracion de nulidad de Licencia de Funcionamiento, las establecidas en la siguiente (Ordenanza Nº 000042-2007-MDSJM / Art. Nº 56): · Negativa de permitir la inspeccion, oponiendo resistencia al MORDAZA, al establecimiento comercial u objetos materia de autorizacion. · La MORDAZA de Declaracion Jurada falsa o adulterada. · La obtencion irregular del Certificado de Inspeccion Tecnica de Seguridad de Defensa Civil. · La constatacion del ejercicio de actividades ilegales o legalmente prohibidas. · La alteracion del Giro autorizado al establecimiento. · Cuando la Sub Gerencias, comprueben la existencia de irregularidades propias del local y del funcionamiento conocidas mediante denuncias interpuestas por los vecinos de la zona. · Expendio de bebidas alcoholicas en la via publica.

Articulo 11º - Defensa Civil La Sub Gerencia de Licencias y Comercializacion una vez emitida las Licencias de Funcionamiento, elevara la lista de beneficiados a la Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Gestion del Territorio, para su posterior fiscalizacion. Ya que segun la normatividad vigente el Certificado de Inspeccion Tecnica de Defensa Civil es requisito Ex-Post de iniciado el tramite. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- De la Difusion Las Unidades Organicas comprendidas en la presente Ordenanza, deberan realizar una previa MORDAZA de sensibilizacion al administrado del Distrito durante 15 dias MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza; para que este al alcance de todo el publico que desee beneficiarse. Los medios de la MORDAZA sensibilizadora seran los afiches, banderolas instaladas en todo el Distrito, incluso dentro de las redes sociales, por ser de libre acceso al publico en general. Segunda.- De los Formularios Se mantendran los formatos de Declaracion Jurada para el tramite de Licencia de Funcionamiento y Anuncio Publicitario considerados como dos tramites separados, pero en un mismo procedimiento. Tercera.- De la Vigencia de la Ordenanza La presente Ordenanza tendra una vigencia de 120 dias calendario, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Cuarta.- Del Tramite por Separado Todo tramite por individual, Licencia o Anuncio por separado, segun lo que indique el administrado, tendra el costo normal de: S/. 230.62 Nuevos Soles y S/. 77.45 Nuevos Soles respectivamente. Quinta.-Facultese alAlcalde para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias que se diera a lugar. Sexta.- Encarguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Economico, Sub Gerencia de Licencias y Comercializacion, Sub Gerencia de Obras Privadas, Catastro y Gestion del Territorio, Sub Gerencia de Fiscalizacion, Control y Sanciones Administrativas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 782054-1

Aprueban la modificacion del MORDAZA de la Municipalidad en el procedimiento "Conexiones Domiciliarias" de la Subgerencia de Obras Publicas
DECRETO DE ALCALDIA Nº 07-2012-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 25 de MORDAZA del 2012 Visto el informe No 072 - 2012-GPP-MDSJM; de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, de fecha 20 de MORDAZA del 2012, sobre modificacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) en el MORDAZA de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 042-2011-SUNASS-CD. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 Organica de Municipalidades, las municipalidades son organos de gobierno local que gozan

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