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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2012 465189 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MICHEL CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros 782099-1 Autorizan al HSBC Bank Perú el cierre de oficina ubicada en el distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS N° 2560-2012 Lima, 19 de abril de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el HSBC Bank Perú para que esta Superintendencia autorice el cierre de una Ofi cina, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifi ca el cierre; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “B”, mediante el Informe N° 067- 2012-DSB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al HSBC Bank Perú el cierre de su ofi cina ubicada en la Av. Raúl Ferrero Rebagliati Nº 1345 - Urbanización Sirius II Etapa, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 782639-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS N° 2579-2012 Lima, 20 de abril de 2012 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señora Denisse Roxana de J Requena Olavarría para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que mediante Resolución Administrativa Nº 109-2010 se aprobó el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 26 de enero de 2012, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 14º del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha califi cado a los postulantes a corredores de seguros persona natural, concluyéndose el proceso de evaluación y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 842-2012 del 27 de enero de 2012. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción de la señora Denisse Roxana de J Requena Olavarría con matrícula Nº N-4116 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, que lleva esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MICHEL CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros 781953-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en las provincias de Caravelí e Islay, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 062-2012-GRA/PR-GGR VISTO: El Expediente Nº 019-2011-GRA-OOT, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado de un terreno eriazo de 99.6718 has., ubicado en el Sector denominado La Caleta, distrito de Atiquipa, Provincia de Caravelí, Departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el inciso b) del artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones