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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (09/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de agosto de 2012 472345 - Dos representantes de los usuarios de agua con fi nes agrarios, designados por la Junta Nacional de Usuarios de los Distritos de Riego del Perú. - Dos representantes de los usuarios de agua con fi nes no agrarios, uno por la Sociedad Nacional de Industrias y uno por la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía. La Comisión Sectorial podrá convocar la participación de profesionales e instituciones que sean necesarias para el cumplimiento de la labor encomendada. La Secretaria Técnica de la Comisión estará a cargo de la Autoridad Nacional del Agua. Artículo 3º.- Designación de representantes Los representantes titular y alterno de los miembros de la Comisión Sectorial, serán designados mediante comunicación escrita dirigida al Ministro de Agricultura, en el plazo de cinco (5) días contados a partir del día siguiente de publicada la presente resolución. El cargo de los representantes será ad honórem. Artículo 4º.- Funciones de la Comisión Sectorial La Comisión Sectorial tendrá las siguientes funciones: a) Analizar y revisar el contenido normativo del proyecto de Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua. b) Evaluar y consensuar las opiniones y sugerencias recibidas, así como los que hagan llegar las instituciones y usuarios del recurso hídrico. c) Emitir un informe, que comprenda la evaluación social, económica y jurídica sobre el proyecto de Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua. d) Las demás que sean considerados necesarios por la Comisión Sectorial, a fi n de perfeccionar el proyecto de reglamento antes señalado. Artículo 5º.- Instalación y plazo de vigencia La Comisión Sectorial se instalará en un plazo no mayor de diez (10) días posteriores a la publicación de la presente Resolución y tendrá una vigencia de sesenta (60) días hábiles contados a partir de su instalación, fecha que presentará al Ministro de Agricultura el informe técnico y el proyecto de Reglamento de Organizaciones de Usuarios de Agua. Artículo 6º.- Gastos de la Comisión Sectorial Los gastos que demanden los integrantes de la Comisión Sectorial, en cumplimiento de sus funciones, serán cubiertos por las instituciones que representan y no generará egresos del Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 825323-1 Encargan la Jefatura del Órgano de Control Institucional (OCI) del Ministerio de Agricultura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0267-2012-AG Lima, 8 de agosto de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 0704-2012-AG-OCI, de fecha 23 de julio de 2012, del Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Agricultura, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Ofi cio del Visto, el Jefe del Órgano de Control Institucional del Ministerio de Agricultura, comunica que hará efectivo su período vacacional desde el 02 al 17 de agosto de 2012;