Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2012 (09/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de agosto de 2012

Vista, la renuncia presentada por el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director General de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 024-2012/ MINSA de fecha 9 de enero de 2012, se designo al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director General de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, Nivel F-5; Que, es conveniente aceptar la renuncia presentada por el funcionario MORDAZA citado, al cargo de Director General de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud y designar al profesional que lo reemplazara; Con el visado del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por el Decreto Legislativo N° 276; en el Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90PCM y en el literal I) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director General de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, Nivel F-5, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar al Medico Cirujano MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General de la Oficina General de Defensa Nacional del Ministerio de Salud, Nivel F-5. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud 825466-2

con lo previsto en el citado Contrato, se solicito opinion al Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN; Que, con Oficio Circular Nº 012-12-SCD-OSITRAN, de fecha 30 de MORDAZA de 2012, el OSITRAN remite el Acuerdo del Consejo Directivo Nº 1481-417-12-CD-OSITRAN, adoptado en Sesion Nº 417-2012-CD efectuada el 29 de MORDAZA del 2012, mediante el cual se aprobo el Informe Nº 010-12-GRE-GSGAL-OSITRAN, a traves del cual se emite opinion sobre la Adenda Nº 5 al Contrato de Concesion; Que, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la empresa Concesionaria Vial del Peru S.A., han convenido en celebrar la Adenda Nº 5 al referido Contrato de Concesion; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, el Decreto Supremo Nº 060-96-PCM, el Decreto Legislativo 1012 y el Decreto Supremo Nº 1462008-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el texto de la Adenda Nº 5 al Contrato de Concesion para la Construccion y Explotacion del Tramo Vial MORDAZA Pucusana ­ Cerro MORDAZA ­ Ica de la Carretera Panamericana Sur ­R01S, el mismo que forma parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda Nº 5 aprobada en el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 825500-1

Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora en FM en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 267-2012-MTC/03

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban texto de la Adenda Nº 5 al Contrato de Concesion para la Construccion y Explotacion del Tramo Vial MORDAZA Pucusana - Cerro MORDAZA - Ica de la Carretera Panamericana Sur - R01S
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 428-2012 MTC/01 MORDAZA, 8 de agosto de 2012 VISTOS: La Carta Nº C.0258.GG.2012 de fecha 27 de junio del 2012, de la empresa Concesionaria Vial del Peru S.A., asi como el Informe Nº 322-2012-MTC/25 y Nº 377-2012-MTC/25 de la Direccion General de Concesiones en Transportes; CONSIDERANDO: Que, con fecha 20 de setiembre de 2005, el Estado de la Republica del Peru, en calidad de Concedente, representado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y la empresa Concesionaria Vial del Peru S.A., en calidad de Concesionario, suscribieron el Contrato de Concesion para la Construccion y Explotacion del Tramo Vial MORDAZA Pucusana ­ Cerro MORDAZA ­ Ica de la Carretera Panamericana Sur ­R01S, en adelante el Contrato de Concesion; Que, las partes han acordado suscribir la Adenda Nº 5 al Contrato de Concesion, para cuyo efecto, de conformidad

MORDAZA, 1 de agosto de 2012 VISTO, el Expediente Nº 2011-043124 presentado por el senor GILMAR ADEMIR MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Chaclla ­ San MORDAZA de Casta, departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan;

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