Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2012 (09/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

472355

DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Pueblo Libre de Codo, Tingo Maria. DEPARTAMENTO: Ica - MORDAZA, Nasca / MORDAZA Reiche Neuman, Las Dunas. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Cutivireni, Jauja, Mazamari / MORDAZA MORDAZA, Puerto Ocopa. DEPARTAMENTO: La MORDAZA - Chagual / Don Lucho, Chao, Huamachuco, Pias, MORDAZA, Tulpo, Urpay. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Chiclayo. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, Lib Mandi Metropolitano. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Andoas, Bellavista, Caballococha, Contamana, Colonia Angamos, El Estrecho, Iquitos, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA, Trompeteros / Corrientes, Yurimaguas. DEPARTAMENTO: MORDAZA de MORDAZA - Inapari, MORDAZA, Puerto Maldonado. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Ilo. DEPARTAMENTO: Pasco - MORDAZA Constitucion. DEPARTAMENTO: MORDAZA - MORDAZA, Talara. DEPARTAMENTO: MORDAZA - Juliaca. DEPARTAMENTO: San MORDAZA - Juanjui, Moyobamba, Palmas del MORDAZA, MORDAZA, Saposoa, Tarapoto, Tocache. DEPARTAMENTO: Tacna - Tacna, Toquepala. DEPARTAMENTO: Tumbes - Tumbes. DEPARTAMENTO: Ucayali - Atalaya, Breu, Pucallpa, Puerto MORDAZA, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Padre MORDAZA Rio Amazonas - Iquitos SUB-BASES DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Tarapoto - Aeropuerto de Pucallpa Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compania ALAS DEL ORIENTE S.A.C. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania ALAS DEL ORIENTE S.A.C. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La compania ALAS DEL ORIENTE S.A.C. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 5º.- La compania ALAS DEL ORIENTE S.A.C. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidado por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 6º.- La compania ALAS DEL ORIENTE S.A.C. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y explotadores; y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente. Articulo 7º.- Las aeronaves de la compania ALAS DEL ORIENTE S.A.C. podran operar en los aeropuertos y/o aerodromos cuyas alturas, longitudes de pista y resistencia,

asi como otras caracteristicas derivadas de dichos helipuertos, aeropuertos y/o aerodromos, se encuentren comprendidas en sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente, asi como en sus respectivas Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente Resolucion; o pierda alguna de las capacidades exigidas por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, su Reglamento; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 10º.- La compania ALAS DEL ORIENTE S.A.C., debera cumplir con la obligacion de constituir la garantia global que senala el Articulo 93º de la Ley Nº 27261, en los terminos y condiciones que establece el Reglamento y dentro del plazo que senala el Articulo 201º de dicho dispositivo. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 11º.- La compania ALAS DEL ORIENTE S.A.C. debera presentar cada ano el Balance de Situacion, el Estado de Ganancias y Perdidas al 30 de junio y 31 de diciembre, y el Flujo de MORDAZA proyectado para el ano siguiente. Articulo 12º.- La compania ALAS DEL ORIENTE S.A.C. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 13º.- El presente Permiso de Operacion queda sujeto a la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261, el Reglamento; y demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 823418-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL N° 395-2012-MTC/02 Mediante Oficio N° 0905-2012-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 395-2012-MTC/02, publicada en nuestra edicion del dia 2 de agosto de 2012. DICE: Articulo 2º.- Condiciones para la aplicacion del Regimen Extraordinario de Permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas del ambito regional de la Region Piura. (...) DEBE DECIR: Articulo 2º.- Condiciones para la aplicacion del Regimen Extraordinario de Permanencia para los vehiculos destinados al servicio de transporte de personas del ambito provincial de MORDAZA Metropolitana. (...) 824430-1

ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Aprueban transferencias financieras de recursos para la ejecucion de diversos proyectos y actividades
RESOLUCION JEFATURAL Nº 160-2012-INDECI 5 de MORDAZA de 2012

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